MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE TRAUMATOLOGIA Y REHABILITACION KINESIX LIMITADA

RUT 76283512-6 CVE 1628980
Fecha instrumento
25 de julio de 2019
Notaría
Ovalle

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2019
Notario
RODRIGO CABRERA ALBARRAN
Oficio
Segunda Notaría de Ovalle
Comuna
Ovalle

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO CABRERA ALBARRAN, Abogado y Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Ovalle, con oficio en calle Miguel Aguirre N° 328, Ovalle, CERTIFICA: Que por escritura pública hoy ante mí, JORGE ANTONIO ARAYA GARCIA, chileno, divorciado, agricultor, Cédula Nacional de Identidad número ocho millones doscientos noventa y cinco mil cuatrocientos noventa y nueve guion seis, domiciliado en calle Tangue numero cuatrocientos noventa y siete, ciudad y comuna de Ovalle; don FELIX ALEJANDRO GUERRERO MANZANO, chileno, kinesiólogo, soltero, cedula nacional de identidad número trece millones novecientos setenta y cinco mil seiscientos cincuenta y ocho guion cuatro, domiciliado en Gonzalo Zepeda setenta y nueve, población Limari, tercera etapa, ciudad y comuna de Ovalle; y doña CAROLINA ANDREA ARAYA OGALDE, Chilena, soltera, Ingeniera Agrícola, cedula nacional de identidad numero dieciséis millones doscientos trece mil treinta y uno guion cinco, domiciliada en Avenida Peñuelas Norte ciento uno torre tres departamento ciento cuarenta y cuatro, ciudad de Coquimbo, procedieron a modificar la Sociedad “CENTRO DE TRAUMATOLOGIA Y REHABILITACION KINESIX LIMITADA.”, constituida con fecha cuatro de abril del año dos mil trece, por escritura pública celebrada ante Notario Público de esta ciudad, don Eugenio Jiménez Larraín, inscrita a fojas ciento cincuenta y tres vuelta numero ciento cuatro del Registro de Comercio del año dos mil trece del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Ovalle, cuyo capital es de Treinta millones de pesos. Modificación consiste en: don JORGE ANTONIO ARAYA GARCIA, cede, vende y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social, a doña CAROLINA ANDREA ARAYA OGALDE. El precio de la cesión indicada, es la suma de quince millones de pesos.- Como consecuencia de la cesión señalada quedan como únicos socios de la sociedad don FELIX ALEJANDRO GUERRERO MANZANO, cincuenta por ciento, y doña CAROLINA ANDREA ARAYA OGALDE, cincuenta por ciento. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios, don FELIX ALEJANDRO GUERRERO MANZANO Y doña CAROLINA ANDREA ARAYA OGALDE, quienes deberán actuar siempre de manera conjunta con las más amplias facultades señaladas en el pacto social y respectiva modificación. En todo lo no modificado por esta escritura se mantienen vigentes las disposiciones del pacto original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Ovalle, a 25 de Julio de 2019.