MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD GASTRONOMICA E INVERSIONES LA CUINA LIMITADA

RUT 76822984-8 CVE 1627730
Fecha instrumento
3 de octubre de 2017

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2017
Notario
CARLOS LOPEZ HORMAZABAL
Oficio
Segunda Notaria de esta ciudad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS LOPEZ HORMAZABAL, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaria de esta ciudad, Suplente del Titular Jenson Kriman Nuñez con oficio en Avenida Lauro Barros Luco N° 96, certifico: por escritura pública de hoy REPERTORIO N° 3359, ante mi JUAN IGNACIO BUSTAMANTE MENARES, chileno, casado y separado de bienes, empresario, CI N° 13.903.372-8; MARIA JOSE ZAMORA POZO, chilena, casada y separada de bienes, empresaria, CI N° 15.557.261-2, ambos domiciliados en Calle El Mañio 256, Llo-LLeo, Comuna y Provincia de San Antonio, ambos mayores de edad: rectifican y modifican “SOCIEDAD GASTRONOMICA E INVERSIONES LA CUINA LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 76.822.984-8 constituida 03 de Octubre de 2017, ante el mismo notario que autoriza, inscrita a fojas 383 vuelta N° 235 del Registro de Comercio de San Antonio correspondiente al año 2017. Rectificación: Se rectifica escritura de constitución en el sentido de señalar que don JUAN IGNACIO BUSTAMANTE MENARES tiene cédula nacional de identidad número 13.903.372-8.- Modificación: Por este acto los comparecientes vienen en modificar la cláusula QUINTA de la escritura de constitución social individualizada en la cláusula Primera de este instrumento por la siguiente: QUINTO: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderán a don JUAN IGNACIO BUSTAMANTE MENARES y a doña MARIA JOSE ZAMORA POZO, quienes actuando por la sociedad, en forma conjunta y/o separada indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la obligaran y la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, con todas las facultades que se señalan en la escritura de constitución. En lo demás se mantienen cláusulas pacto social. Demás estipulaciones escritura que extracto.- San Antonio, 11 de julio de 2019.