Sociedad de Servicios Deportivos Trueno SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2019
- Notario
- ARMANDO ULLOA CONTRERAS
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la comercialización de todo tipo de servicios deportivos, comercialización de productos deportivos, construcción de rampas, importación y exportación de todo tipo de artículos deportivos y textil, creacionismos de servicios audiovisuales, y exhibiciones deportivas, tienda física y virtual de todos los anteriores y, en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalARMANDO ULLOA CONTRERAS, Notario Público Titular de Santiago, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: don JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ RAVERA, constituyó sociedad por acciones bajo siguientes estipulaciones: NOMBRE: Sociedad de Servicios Deportivos Trueno SpA.- Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad también podrá usar para fines comerciales y de propaganda, inclusive ante los bancos y organismos públicos, el nombre comercial y de fantasía PEDALEA SIN FRENOS SpA. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto la comercialización de todo tipo de servicios deportivos, comercialización de productos deportivos, construcción de rampas, importación y exportación de todo tipo de artículos deportivos y textil, creacionismos de servicios audiovisuales, y exhibiciones deportivas, tienda física y virtual de todos los anteriores y, en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior. DOMICILIO: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, se suscribe y paga en este acto de contado y en dinero efectivo por el compareciente. En consecuencia el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por el accionista fundador. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de julio de 2019.-