CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE MADERAS EL TILO LIMITADA

CVE 1626805
Fecha instrumento
9 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2019
Notario
ERNESTO MONTOYA PEREDO
Domicilio
Rancagua

Administración

La administración de la sociedad corresponderá al socio Jaime Antonio Cabrera Moya quien podrá actuar por la sociedad, según lo determinen a cada acto y anteponiendo la razón social a su firma podrá presentar y obligar a la sociedad en toda clase de actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarias para el acertado manejo y cumplimiento de los fines sociales con las más amplias facultades tanto en el orden judicial como extrajudicial ante cualquier institución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular de Rancagua, Campos 377, certifico: Por escritura hoy ante mí. Don CLAUDIO ANTONIO CABRERA MIRANDA, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento treinta y nueve mil trescientos ochenta y cinco guion K, domiciliado en La Rosas sin número comuna de Requínoa, Provincia de Cachapoal Sexta Región del Libertador, don JAIME ANTONIO CABRERA MOYA, transportista, casado, chileno, cédula de identidad número diez millones setecientos sesenta y dos mil quinientos cuarenta y seis guion uno, domiciliado en las Rosas sin número de la Comuna de Requínoa, Provincia de Cachapoal, Sexta Región constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social; será “SOCIEDAD DE MADERAS EL TILO LIMITADA” y o “MADERAS EL TILO LTDA” Podrá actuar en bancos y cualquier tipo de instituciones bajo el mismo nombre. Objeto Social, a) compra, venta, confección, arriendo, reparación, fabricación de productos de madera, o sus derivados. b) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios, administrarlos y percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones; c) La importación y comercialización nacional e internacional, sea por cuenta propia o ajena y al por mayor o al detalle, de todo tipo de mercancías, productos y bienes y servicios que la empresa determine; en particular maderas. d) La armaduría, fabricación, manufacturación, ensamblaje, producción, maquila o confección y cualquier otro, sea por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos o bienes que la empresa determine; e) Tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro; y f) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. g) La sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero.. Administración: La administración de la sociedad corresponderá al socio Jaime Antonio Cabrera Moya quien podrá actuar por la sociedad, según lo determinen a cada acto y anteponiendo la razón social a su firma podrá presentar y obligar a la sociedad en toda clase de actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarias para el acertado manejo y cumplimiento de los fines sociales con las más amplias facultades tanto en el orden judicial como extrajudicial ante cualquier institución . Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, los que se pagan de la siguiente forma: a) El socio don Claudio Antonio Cabrera Miranda, aporta la suma de doscientos mil pesos, que se pagaran de la siguiente forma: en dinero efectivo y en este acto a la caja social b) el socio don Jaime Antonio Cabrera Moya , aporta la suma de ochocientos mil pesos, que se pagarán de la siguiente forma: en dinero efectivo y en este acto a la caja social Duración; quince años renovables. Domicilio; Requínoa. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua 9 de Julio del año 2019.