MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ruta Vertical Turismo Aventura Limitada

RUT 76169324-7 CVE 1627061
Fecha instrumento
5 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
5 de julio de 2019
Repertorio
367
Notario
MABEL ALEJANDRA LLANO DIAZ
Domicilio
Puente Alto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MABEL ALEJANDRA LLANO DIAZ, Notario Público Titular Puente Alto, José Luis Coo Nº 0187, Certifica: Por escritura pública de fecha 05 de Julio de 2019, Repertorio Nº 367, ante mí, DENNIS JEAN HIRSCH TUTTENBERG, soltero, técnico en turismo, cédula nacional de identidad 16.097.686-1, por sí y en representación de GERMÁN IGNACIO BARÍAS YÁÑEZ, soltero, técnico en turismo, cédula nacional de identidad 17.314.745-7, ambos domiciliados Camino al Volcán 18.753, comuna San José de Maipo, modificaron sociedad: “RUTA VERTICAL TURISMO AVENTURA LIMITADA”. PRIMERO: Que por escritura pública otorgada ante el Notario de La Reina, don Sergio Jara Catalán, de fecha 28 de septiembre de 2011, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada “RUTA VERTICAL TURISMO AVENTURA LIMITADA”, la que se inscribió a fojas 56.741 Nº 41.779 del Registro de Comercio de 2011 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en Extracto en el don Dennis Jean Hirsch Tuttenberg, por sí y en representación de don Germán Ignacio Barias Yáñez ya individualizado, en calidad de únicos y actuales socios, viene en modificar dicha sociedad en el siguiente término: Se modifica el pacto social en la cláusula segunda, señalando que se amplía el objeto social, indicando que la Sociedad además, tendrá por objeto desarrollar el servicio de transporte de pasajeros y turismo, en vehículos propios o ajenos, en territorio nacional, rural o urbano, interprovincial o internacional con recorrido regular o irregular, traslado privado de pasajeros, personal o ejecutivos para empresa, el transporte terrestre de turismo, la prestación de servicios y la explotación de vehículos destinados al transporte y prestaciones de servicios, por cuenta propia y/o ajena, dentro del territorio nacional y/o del extranjero, en vehículos propios, o tomados en arrendamiento, comodato o en leasing, en convenio con instituciones sean públicas o privadas, ya sea en vehículos especiales u ordinarios; la prestación de todo tipo de servicios turísticos, gestión y realización de tours, giras, expediciones, excursiones y/o viajes, la explotación de todo tipo de complejos turísticos, centros de recreación, en inmuebles propios o ajenos, y en definitiva todo lo relacionado con dichas actividades o derivadas de las mismas, asimismo el desarrollar servicios de transporte complementarios, cualquiera sea su modo, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el debido cumplimiento de esta finalidad. TERCERO: Como consecuencia de la modificación que da cuenta la cláusula anterior, se reemplaza el artículo segundo por el siguiente “Artículo Segundo: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) desarrollo de actividades deportivas al aire libre, tales como canopy, escalada, trekking, rafting; b) capacitaciones y cursos para empresas y particulares; c) organización y producción de actividades y/o eventos de turismo y en especial de turismo aventura; d) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; f) la realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal, g) el servicio de transporte de pasajeros y turismo, en vehículos propios o ajenos, en territorio nacional, rural o urbano, interprovincial o internacional con recorrido regular o irregular, traslado privado de pasajeros, personal o ejecutivos para empresa, el transporte terrestre de turismo, la prestación de servicios y la explotación de vehículos destinados al transporte y prestaciones de servicios, por cuenta propia y/o ajena, dentro del territorio nacional y/o del extranjero, en vehículos propios, o tomados en arrendamiento, comodato o en leasing, en convenio con instituciones sean públicas o privadas, ya sea en vehículos especiales u ordinarios; la prestación de todo tipo de servicios turísticos, gestión y realización de tours, giras, expediciones, excursiones y/o viajes, la explotación de todo tipo de complejos turísticos, centros de recreación, en inmuebles propios o ajenos, y en definitiva todo lo relacionado con dichas actividades o derivadas de las mismas, asimismo el desarrollar servicios de transporte complementarios, cualquiera sea su modo, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el debido cumplimiento de esta finalidad, y h) cualquier otra actividad que acuerden los socios. CUARTO: En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantiene vigente en su integridad el pacto social constitutivo y sus modificaciones.- Puente Alto, 05 de Julio de 2019.