Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2019
- Repertorio
- 11858-2019
- Notario
- Iván Torrealba Acevedo
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
(1) Constituir, establecer, desarrollar, financiar y)o administrar, ya sea por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios o personas jurídicas en la República de Chile; (2) Tomar interés o participar como socia o accionista en sociedades o personas jurídicas de cualquier naturaleza; (3) La adquisición a cualquier título de inmuebles o predios agrícolas o de derechos sobre los mismos; (4) La explotación, administración, arrendamiento y enajenación total o parcial de toda clase de inmuebles o predios agrícolas de los que sea propietaria, usufructuaria, arrendataria, o respecto de los cuales sea titular de cualquier tipo de derechos, posesión o mera tenencia; (5) La venta, distribución, exportación y comercialización, ya sea directamente o través de terceros, de todo tipo de productos agrícolas; (6) El desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación y)o transmisión de energía eléctrica, ya sea directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros; (7) La prestación de servicios en relación con el desarrollo de proyectos agrícolas, de la agroindustria, de generación y)o transmisión de energía eléctrica, o bien relativos a fuentes alternativas de energía y otros similares, sin limitación alguna; y (8) Desarrollar, realizar o celebrar, a nombre propio o de terceros, cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios a los fines señalados en los numerales (1) a (7) anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular, 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: mediante escritura pública de fecha de hoy, ante mí, repertorio n° 11.858-2019 Diego José Ferrada Walker constituyó una sociedad por acciones y fijó el texto de sus estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre o razón social: RRG Chile SpA. Accionista que concurre a la constitución: Diego José Ferrada Walker. Objeto social: (1) Constituir, establecer, desarrollar, financiar y/o administrar, ya sea por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios o personas jurídicas en la República de Chile; (2) Tomar interés o participar como socia o accionista en sociedades o personas jurídicas de cualquier naturaleza; (3) La adquisición a cualquier título de inmuebles o predios agrícolas o de derechos sobre los mismos; (4) La explotación, administración, arrendamiento y enajenación total o parcial de toda clase de inmuebles o predios agrícolas de los que sea propietaria, usufructuaria, arrendataria, o respecto de los cuales sea titular de cualquier tipo de derechos, posesión o mera tenencia; (5) La venta, distribución, exportación y comercialización, ya sea directamente o través de terceros, de todo tipo de productos agrícolas; (6) El desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación y/o transmisión de energía eléctrica, ya sea directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros; (7) La prestación de servicios en relación con el desarrollo de proyectos agrícolas, de la agroindustria, de generación y/o transmisión de energía eléctrica, o bien relativos a fuentes alternativas de energía y otros similares, sin limitación alguna; y (8) Desarrollar, realizar o celebrar, a nombre propio o de terceros, cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios a los fines señalados en los numerales (1) a (7) anteriores. Capital social: Once mil dólares de los Estados Unidos de América, dividido en once mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola y misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por Diego José Ferrada Walker, quien las pagará en dinero efectivo dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de julio de 2019. Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular.