MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES VILLAVICENCIO Y ACHURRA SpA

RUT 78458920-K CVE 1627351
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 1993
Notaría
Santiago de don Pedro Sadá Azar

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 1993
Notario
LUIS POZA MALDONADO
Domicilio
Santiago
Comuna
Santiago de don Pedro Sadá Azar

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Objeto social

a) la inversión con fines rentísticos en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, administrarlos y percibir sus frutos; b) la participación en otras sociedades, asociaciones o comunidades; c) la prestación de servicios profesionales y el asesoramiento de empresas, negocios y proyectos; d) la fabricación, industrialización, compra, venta, permuta, importación, exportación, adquisición, enajenación y comercialización en general, de toda clase de bienes corporales muebles; e) construir, por cuenta propia o de terceros, toda clase de edificaciones y obras destinadas a la habitación, industria u otros fines; administrarlas, explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otros títulos, y enajenarlas; f) la realización de toda clase de actos de comercio; g) la representación de firmas nacionales o extranjeras; h) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; i) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud. Además, la sociedad podrá desarrollar otras actividades directa o indirectamente relacionadas con las precedentemente enunciadas, como asimismo todo otro negocio que los accionistas de común acuerdo determinen. Para el cumplimiento de este objetivo, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos.” En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen intactas las cláusulas pactadas en los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS POZA MALDONADO, Notario Público de Santiago, Avenida Vitacura N°6.844, Vitacura, certifica: que por escritura pública de hoy ante mí, don ALDO BRUNO VILLAVICENCIO DERIO, C.I. 7.709.147-5, y doña IRENE DE LA LUZ ACHURRA ESPINOSA, C.I. 6.440.862-3, ambos con domicilio en Rancagua 701, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron “INVERSIONES VILLAVICENCIO Y ACHURRA SpA“, RUT 78.458.920-K, capital social $2.000.000, constituida por escritura pública otorgada el 08 de noviembre de 1993, en la Notaría de Santiago de don Pedro Sadá Azar, cuyo extracto fue inscrito a fojas 24.728, número 20.411, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1993, modifican el Artículo Tercero de los Estatutos Sociales, que alude al objeto de la sociedad, reemplazando la redacción de dicha cláusula por la siguiente: “Artículo Tercero. La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión con fines rentísticos en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, administrarlos y percibir sus frutos; b) la participación en otras sociedades, asociaciones o comunidades; c) la prestación de servicios profesionales y el asesoramiento de empresas, negocios y proyectos; d) la fabricación, industrialización, compra, venta, permuta, importación, exportación, adquisición, enajenación y comercialización en general, de toda clase de bienes corporales muebles; e) construir, por cuenta propia o de terceros, toda clase de edificaciones y obras destinadas a la habitación, industria u otros fines; administrarlas, explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otros títulos, y enajenarlas; f) la realización de toda clase de actos de comercio; g) la representación de firmas nacionales o extranjeras; h) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; i) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud. Además, la sociedad podrá desarrollar otras actividades directa o indirectamente relacionadas con las precedentemente enunciadas, como asimismo todo otro negocio que los accionistas de común acuerdo determinen. Para el cumplimiento de este objetivo, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos.” En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen intactas las cláusulas pactadas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, Julio 17 de 2019.