INMOBILIARIA NORTE DOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2019
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La adquisición, enajenación, compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rustico o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, y, en general la realización de cualquier actividad inmobiliaria por cuenta propia o ajena; b) El estudio, asesoría y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles; el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios; remodelación, obras de urbanización, subdivisión, realización de loteos, condominios y administración de todo tipo de bienes inmuebles, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; c) La inversión de utilidades que se obtengan en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y, en general toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; y d) La participación como socia o accionista en otras sociedades de cualquier tipo. Toda actividad que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, tenga relación con lo expresado anteriormente. La celebración de todos los negocios, actos y contratos que se requieran para la ejecución del objeto social, y; cualquier otro objeto que el o los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, dar o tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia toda clase de bienes; recibir y dar préstamos, y gravar con hipotecas, prendas u otras garantías los bienes sociales;
Administración
corresponderá a don JULIO CRISTIAN FRANCISCO SCHULTZ ALVARADO, don ALBERT PAUL HÄNEL ROSSEL y don CHRISTIAN RALPH HÄNEL ROSSEL para que actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, administren y representen a la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo octavo de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle Miraflores 178, quinto piso, Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, 15 de Julio de 2019; ante mí, la sociedad SCHULTZ INGENIERIA Y MAQUINARIAS LIMITADA, rut. 79.624.430-5, representada por JULIO CRISTIAN SCHULTZ ALVARADO, ingeniero civil, cédula de identidad número 6.068.020-5, y la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES AC LIMITADA, rut. 77.240.280-5 representada por CHRISTIAN RALPH HÄNEL ROSSEL, ingeniero civil, cedula de identidad número 6.458.534-7 y por don ALBERT PAUL HÄNEL ROSSEL, industrial, cedula de identidad número 6.458.535-5, constituyeron una sociedad por acciones: Razón Social: “INMOBILIARIA NORTE DOS SpA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive con los bancos, instituciones financieras y demás entidades públicas o privadas con el nombre de fantasía “NORTE DOS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La adquisición, enajenación, compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rustico o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, y, en general la realización de cualquier actividad inmobiliaria por cuenta propia o ajena; b) El estudio, asesoría y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles; el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios; remodelación, obras de urbanización, subdivisión, realización de loteos, condominios y administración de todo tipo de bienes inmuebles, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; c) La inversión de utilidades que se obtengan en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y, en general toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; y d) La participación como socia o accionista en otras sociedades de cualquier tipo. Toda actividad que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, tenga relación con lo expresado anteriormente. La celebración de todos los negocios, actos y contratos que se requieran para la ejecución del objeto social, y; cualquier otro objeto que el o los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, dar o tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia toda clase de bienes; recibir y dar préstamos, y gravar con hipotecas, prendas u otras garantías los bienes sociales; Capital: $2.000.000.-, dividido en 2.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor y sin valor nominal, a un valor de 1.000 pesos cada acción, se entera y paga de la siguiente forma: a) La sociedad SCHULTZ INGENIERIA Y MAQUINARIAS LIMITADA, suscribe y paga en el mismo acto, 1.000 acciones de la sociedad, equivalentes a $1.000.000.-, que corresponde al cincuenta por ciento de la totalidad de las acciones de la sociedad; y b) la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES AC LIMITADA, suscribe y paga en este acto, 1.000 acciones de la sociedad, equivalentes a $1.000.000, que corresponde al cincuenta por ciento de la totalidad de las acciones de la sociedad. De esta forma la totalidad de las acciones de la sociedad quedan íntegramente suscritas y pagadas, de la manera y proporción referida. Administración: corresponderá a don JULIO CRISTIAN FRANCISCO SCHULTZ ALVARADO, don ALBERT PAUL HÄNEL ROSSEL y don CHRISTIAN RALPH HÄNEL ROSSEL para que actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, administren y representen a la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo octavo de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada