MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

El Corral S.A.

RUT 76155583-9 CVE 1627503
Capital
$11.378.975 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2019
Notario
SERGIO WALDO ARENAS BENONI
Domicilio
San Miguel con asiento en La Cisterna

Sociedad

Capital
$11.378.975 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la producción, importación, exportación y comercialización todo tipo de bienes. La inversión en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos o privados; y en general, todas aquellas actividades que los socios estimen necesarias o convenientes para el desarrollo de su

Administración

La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a los socios, quienes la ejercerán a través de una estructura de poderes, dotando a los distintos niveles jerárquicos ejecutivos de determinadas atribuciones, para que anteponiendo su firma a la razón social sean ejercidas en la forma y con las limitaciones que para cada caso se contemplen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera 8006, certifica: Con fecha 3 de junio de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de EL CORRAL S.A., celebrada el mismo día ante mí, sociedad inscrita a fs. 38.525 n° 28.677 del Registro de Comercio del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se trató y acordó lo siguiente: I. Aumentar el capital de la sociedad, mediante la capitalización de la cuenta de revalorización del capital propio, ascendiendo el nuevo capital a la suma $11.378.975, dividido en 10.000 acciones, monto que ha de considerarse para todos los efectos legales. II. La Junta acordó por unanimidad, entre otras, las siguientes materias: 1. Introducir modificaciones al estatuto social que se reflejarán más adelante. 2. Transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada. 3. Otorgar el estatuto de la sociedad bajo su nueva forma social, el que se extracta a continuación: Socios: la sociedad Inversiones Torremolinos Limitada, doña Bernardita Paz Contesse Fica, don Felipe Esteban Contesse Fica, don Francisco José Contesse Fica, don Cristóbal Benjamín Contesse Fica y la sociedad Inversiones El Quillay Limitada; todos domiciliados para estos efectos en Camino Cerro Largo 10.442, comuna de Lo Barnechea, de paso por ésta, Región Metropolitana. Razón Social: “EXPORTADORA MALLINKO FRUIT LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive antes banco, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “MALLINKO FRUIT LTDA.”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la producción, importación, exportación y comercialización todo tipo de bienes. La inversión en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos o privados; y en general, todas aquellas actividades que los socios estimen necesarias o convenientes para el desarrollo de su giro. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: El capital de la sociedad es la suma única y total de $11.378.975, íntegramente enterados con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: a) la sociedad INVERSIONES TORREMOLINOS LIMITADA aporta la suma de $113.790, equivalentes al 1% del total del capital social; b) doña BERNARDITA PAZ CONTESSE FICA, aporta la suma de $2.253.037, equivalentes al 19,8% por ciento del total del capital social; c) don FELIPE ESTEBAN CONTESSE FICA, aporta la suma de $2.253.037, equivalentes al 19,8% por ciento del total del capital social; d) don FRANCISCO JOSÉ CONTESSE FICA, aporta la suma de $2.253.037, equivalentes al 19,8% por ciento del total del capital social; e) don CRISTÓBAL BENJAMÍN CONTESSE FICA, aporta la suma de $2.253.037, equivalentes al 19,8% por ciento del total del capital social; y f) la sociedad INVERSIONES EL QUILLAY LIMITADA, aporta la suma de $2.253.037, equivalentes al 19,8% por ciento del total del capital social. Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a los socios, quienes la ejercerán a través de una estructura de poderes, dotando a los distintos niveles jerárquicos ejecutivos de determinadas atribuciones, para que anteponiendo su firma a la razón social sean ejercidas en la forma y con las limitaciones que para cada caso se contemplen. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 18 de julio de 2019. S. Arenas B.