CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Bielefeldt & Pérez Inversiones SpA

RUT 13923245-3 CVE 1627681
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2019
Repertorio
15577-2019
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley Nº 18.046.

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ socio 13903936-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41 Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 1160, Santiago, certifico que ante mí por escritura de fecha 08 de Julio 2019 ante mí, KAREN JOCELYN BIELEFELDT ARANZUBIA, soltera, chilena, Abogada, RUT: 13.923.245-3,; y doña DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ, chilena, soltera, empresaria, RUT: 13.903.936-K, constituyeron Acta de Junta Extraordinaria de Saneamiento de la sociedad Bielefeldt & Pérez Inversiones SpA: Se deja constancia que se encuentran presente el cien por ciento de los accionistas de la sociedad, estos acordaron llevar a cabo la presente junta de saneamiento de fecha 8 de Julio de 2019 ante mí, sin ser necesario dar cumplimiento a las formalidades de convocatoria: Firma de la Lista de Asistencia y del Acta: Se acuerda que el acta de al presente junta sea firmada por todos los accionistas presentes, el Presidente y el Secretario. Objeto de la junta: El señor Presidente manifestó que el objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, las siguientes materias: 1.Rectificar la cedula de identidad de la socia DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ, toda vez que esta aparece inscrito con fecha 12 de junio de 2019, a fojas 45019 número 22601 del año 2019 del Registro de Comercio de Santiago, como: “RUT: 13.903.1936-K”, y no como “RUT: 13.903.936-K” 2. Complementación del Título Segundo, Artículo Quinto de los estatutos sociales, toda vez que la redacción no desglosa los montos y valorizaciones de los aportes pagados por cada socio al capital social y que estos ya se encuentran enterados, conforme N° 5 del artíc ulo 4 de la Ley Nº 18.046. Acuerdos: Luego de analizar la propuesta, la accionista aprueba por unanimidad: a) Se rectifica la cedula de identidad de la socia DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ, toda vez que esta aparece inscrito con fecha 12 de junio de 2019, a fojas 45019 número 22601 del año 2019 del Registro de Comercio de Santiago, como: “RUT: 13.903.1936-K”, y no como “RUT: 13.903.936-K” b) Se determina el aporte enterados al capital por cada socio. c) Que el capital social fue enterado de la siguiente manera: KAREN JOCELYN BIELEFELDT ARANZUBIA enteró la suma de $15.000.000.- en efectivo y doña DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ, enteró la suma de $15.000.000.- en efectivo. Quedando representado cada socio con el 50% de derecho sociales. d) Que, se complementa el Titulo Segundo, Artículo Quinto de los estatutos, en el sentido de que el capital social ascendiente a la suma de treinta millones de pesos, que fue enterado de la siguiente manera: KAREN JOCELYN BIELEFELDT ARANZUBIA enteró la suma de $15.000.000.- en efectivo y doña DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ, enteró la suma de $15.000.000.- en efectivo. Quedando representado cada socio con el 50% de derecho sociales. En consecuencia, se acuerda complementar la redacción del Título Segundo, Artículo Quinto de los estatutos, será el siguiente: “TITULO SEGUNDO: Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la cantidad de treinta millones de pesos, dividido y representado en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente pagado por los accionistas, de la siguiente manera doña KAREN JOCELYN BIELEFELDT ARANZUBIA enteró la suma de quince millones de pesos en efectivo, y doña DANIELA SOLEDAD PÉREZ GONZÁLEZ, enteró la suma de quince millones de pesos en efectivo. Quedando representado cada socio con el cincuenta por ciento de derecho sociales. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables; Cumplimiento de Acuerdos: Por unanimidad, se conviene en llevar a efecto todos los acuerdos tomados en la presente junta. Esta Junta tiene por objeto sanear y complementar escritura de constitución de sociedad repertorio 15577-2019 de fecha 29 de Mayo del presente año ante mi se dejó testimonio que la accionista compareciente es titular de acciones inscritas en el Registro de Accionistas de la sociedad con cinco días hábiles de anticipación a esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 08 de Julio de 2019. Félix Jara Cadot. N.P.