AGRICOLA Y BERRIES SANTA GABRIELA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2017
- Notario
- ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO
- Domicilio
- departamento Judicial de Linares
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Administración
- Artículo Séptimo de la escritura social original, la cual se modifica en lo relativo a la administración y el uso de la razón social de la sociedad, que corresponderá en forma indistinta a cualquiera de los socios MILTON ARCENIO DE LA FUENTE PALMA y)o EUGENIO MARIO DE LA FUENTE ZUÑIGA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representarán con todas y cada una de las facultades consignadas en el artículo octavo que se mantiene vigente en forma íntegra y para todos los efectos contractuales y legales y, 2.- La cláusula tercera de la escritura social original relativo al domicilio de la sociedad, el cual es modificado, en el sentido que fijan domicilio en la ciudad de Parral.- En lo no modificado se mantiene vigente en todas sus partes pacto social originario y saneamiento
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Notario Público del departamento Judicial de Linares, con oficio en calle Chacabuco N° 551 A, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, JORGE JULIO ROUDERGUE GUZMÁN, casado, ingeniero civil químico, cédula nacional de identidad N° 8.320.103-7; ALICIA GABRIELA FUENTES FERNANDEZ, casada, contadora, cédula nacional de identidad N° 9.279.296-K; GONZALO ALEJANDRO ROUDERGUE FUENTES, soltero, estudiante; cédula nacional de identidad N° 16.987.771-8; NICOLE ESTER ROUDERGUE FUENTES, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad N° 17.401.065-K; todos los anteriores domiciliados en Avenida Circunvalación N° 981, casa 10, comuna de Linares, Séptima Región del Maule; MILTON ARCENIO DE LA FUENTE PALMA, casado, agricultor, cédula nacional de identidad N° 2.406.924-9; RAQUEL GABRIELA TERESA ZUÑIGA SAN MARTIN, casada, cédula nacional de identidad N° 2.737.762-9; y EUGENIO MARIO DE LA FUENTE ZUÑIGA, casado, jubilado, cédula nacional de identidad N° 8.713.256-0; todos domiciliados en Calle Nueva N° 834, comuna de Parral, Séptima Región del Maule, modificaron Sociedad “AGRICOLA Y BERRIES SANTA GABRIELA LIMITADA”, Rut 76.748.809-2, Capital $50.000.000.- constituida por escritura pública de 10 abril de 2017, ante este mismo Notario Público, cuyo extracto fue inscrito a fojas 135, N° 136 del Registro de Comercio de Linares correspondiente año 2017 y su saneamiento y rectificación de fecha 18 mayo de dos mi diecisiete ante la Notario Suplente del Titular de Linares de don Andres Cuadra González del Riego se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Linares respectivo a fojas 165vta, N° 170 del año dos mil diecisiete. Se dejó establecido en la escritura que se extracta, que capital social acordado en el Título Segundo, artículo quinto de la escritura social originaria se encuentra absoluta y totalmente enterado. La sociedad se modifica en siguiente sentido: 1.- Don JORGE JULIO ROUDERGUE GUZMÁN y doña ALICIA GABRIELA FUENTES FERNANDEZ; vendieron, cedieron y transfirieron a RAQUEL GABRIELA TERESA ZUÑIGA SAN MARTIN quien adquirió para sí el 100% de participación que a cada uno de los vendedores les correspondía en sociedad y, siendo cada uno de los cedentes dueños de un 10% del capital social, ambos cedieron y transfirieron a la cesionaria el 20% de la totalidad del capital social; 2.- Que, GONZALO ALEJANDRO ROUDERGUE FUENTES vendió, cedió y transfirió a MILTON ARCENIO DE LA FUENTE PALMA quien adquirió para sí el 100% de la participación que le corresponde en la referida sociedad, y siendo este dueño de un 10% del capital social, cedió y transfirió al cesionario el 10% de la totalidad del capital social; 3.- Que, NICOLE ESTER ROUDERGUE FUENTES vendió, cedió y transfirió a EUGENIO MARIO DE LA FUENTE ZÚÑIGA quien adquirió para sí el 100% de la participación que le corresponde en la referida sociedad, y siendo este dueño de un 10% del capital social, cedió y transfirió al cesionario el 10% de la totalidad del capital social. El precio de la venta o cesión fue la suma de $5.000.000 pagados por cada uno de los cedentes al contado y en dinero efectivo quienes declararon haberlos recibido a satisfacción y conformidad. Como consecuencia de la cesión la sociedad queda compuesta por RAQUEL GABRIELA TERESA ZUÑIGA SAN MARTIN con un 62% del capital social; MILTON ARCENIO DE LA FUENTE PALMA con un 19% del capital social; y EUGENIO MARIO DE LA FUENTE ZÚÑIGA con un 19% del capital social.- En el mismo porcentaje se repartirán las ganancias o eventuales pérdidas.- Los actuales socios modifican el pacto social original y saneado de la siguiente manera: 1.- Título Tercero: De la Administración.- Artículo Séptimo de la escritura social original, la cual se modifica en lo relativo a la administración y el uso de la razón social de la sociedad, que corresponderá en forma indistinta a cualquiera de los socios MILTON ARCENIO DE LA FUENTE PALMA y/o EUGENIO MARIO DE LA FUENTE ZUÑIGA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representarán con todas y cada una de las facultades consignadas en el artículo octavo que se mantiene vigente en forma íntegra y para todos los efectos contractuales y legales y, 2.- La cláusula tercera de la escritura social original relativo al domicilio de la sociedad, el cual es modificado, en el sentido que fijan domicilio en la ciudad de Parral.- En lo no modificado se mantiene vigente en todas sus partes pacto social originario y saneamiento.- Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada.- Linares, 25 de Junio de 2019.