SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS Y DE ENFERMERÍA SANAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2019
- Notario
- Jorge Guillermo Carvallo Velasco
- Domicilio
- SegundaNotaría Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna y ciudad de Santa Cruz
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de servicios profesionales en el área de la medicina, de la enfermería y de la salud, tales como el diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación, y rehabilitación orgánica, fisiológica física, síquica, y estética de enfermos y personas, quirúrgicos, de enfermería, kinesiología, terapia ocupacional, y, en general, los que correspondan a todas y cada una de las especialidades del área de la salud, en forma directa o a través de convenios, con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, todo tipo de aseguradoras, servicios de bienestar de orden público o privado, de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) El estudio, diseño, planificación, instalación y funcionamiento de clínicas médicas, centros médicos, centros de salud, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales; d) prestar asesorías relacionadas con la medicina, la enfermería o la salud en general; e) Dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas, realizar publicaciones, investigación profesional y técnica, capacitación y perfeccionamiento, intercambios y experiencias de todo lo expresado; f) La realización e informes de exámenes imagenológicos o de otro tipo; g) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la medicina y la enfermería o que los socios acuerden por escrito y siempre y cuando se relacione con el objeto social, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Para tales efectos, la sociedad podrá adquirir todos los bienes e infraestructura necesaria para la adecuada e íntegra prestación de los servicios señalados. Administración, representación y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Guillermo Carvallo Velasco, Notario Público Titular SegundaNotaría Santa Cruz, con oficio en Calle Claudio Cancino número 60, pasaje Marcel, comuna de Santa Cruz, certifica: Que por escritura de fecha 11 de julio del año 2019, ante mí: VÍCTOR MIGUEL SÁNCHEZ ZÚÑIGA C.I. Nacional 12.780.411-7 y LINA PATRICIA ARIAS MAPURA, C.I Extranjero 25.172.662-0,ambos domiciliados en calle La Soinca 7, Nancagua, Sexta Región, de paso en ésta; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS Y DE ENFERMERÍA SANAR LIMITADA. Nombre fantasía: "SANAR LIMITADA". Objeto Social: a) La prestación de servicios profesionales en el área de la medicina, de la enfermería y de la salud, tales como el diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación, y rehabilitación orgánica, fisiológica física, síquica, y estética de enfermos y personas, quirúrgicos, de enfermería, kinesiología, terapia ocupacional, y, en general, los que correspondan a todas y cada una de las especialidades del área de la salud, en forma directa o a través de convenios, con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, todo tipo de aseguradoras, servicios de bienestar de orden público o privado, de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) El estudio, diseño, planificación, instalación y funcionamiento de clínicas médicas, centros médicos, centros de salud, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales; d) prestar asesorías relacionadas con la medicina, la enfermería o la salud en general; e) Dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas, realizar publicaciones, investigación profesional y técnica, capacitación y perfeccionamiento, intercambios y experiencias de todo lo expresado; f) La realización e informes de exámenes imagenológicos o de otro tipo; g) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la medicina y la enfermería o que los socios acuerden por escrito y siempre y cuando se relacione con el objeto social, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Para tales efectos, la sociedad podrá adquirir todos los bienes e infraestructura necesaria para la adecuada e íntegra prestación de los servicios señalados. Administración, representación y uso razón social: la sociedad será indistintamente administrada, representada judicial y extrajudicialmente por VÍCTOR MIGUEL SÁNCHEZ ZÚÑIGA o LINA PATRICIA ARIAS MAPURA, quienes anteponiendo su firma a la razón social, en forma separada e indistinta, la representarán con las más amplias facultades; sin perjuicio de facultades detalladas en la escritura extractada que deberán ser ejercida por VÍCTOR MIGUEL SÁNCHEZ ZÚÑIGA actuando conjuntamente con LINA PATRICIA ARIAS MAPURA. Capital Social: $2.000.000, que aportan este acto, dinero efectivo, ya ingresados caja social, razón $1.000.000 cada uno. Domicilio: comuna y ciudad de Santa Cruz. Duración: indefinida desde fecha presente escritura. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura social extractada. Santa Cruz, 11 de julio del año 2019.