MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Rasante Ingeniería y Construcción Limitada

RUT 76449575-6 CVE 1626291
Fecha instrumento
30 de mayo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2019
Repertorio
4827-2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
desde la fecha de la escritura, una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos si el titular no manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción en el Registro de Comercio competente, con una anticipación de a lo menos tres meses del fin del respectivo periodo

Objeto social

Ejecución de proyectos de ingeniería, ejecución de obras de ingeniería, edificación y pavimentación, instalaciones sanitarias, preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierra, acondicionamiento de edificios y casas, alquiler de equipos de construcción o demolición y operarios, compra, venta, consignación, distribución, transporte, importación, exportación de toda clase de bienes muebles, mantenimiento y reparación en general, comercialización de vehículos, maquinarias y equipos y la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Titular de la XXII Notaría Santiago, con Oficio en Don Carlos 2889, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de mayo 2019, Repertorio N° 4827-2019, ante el Notario suplente don Germán Rousseau del Río, los comparecientes Kareen Elizabeth Wulf Schmidt, chilena, soltera, 33 años, domiciliada en Los Militares número 5934, departamento 1001, Las Condes, Santiago y Víctor Eduardo Quichel Ríos, chileno, soltero, 33 años, domiciliado en Carmen número 75, Santiago, modificaron y transformaron la sociedad “Rasante Ingeniería y Construcción Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 8 de diciembre de 2016, repertorio número 30.444, de la Cuadragésimo Segunda Notaría de Santiago, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 10 de noviembre de 2016 y se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 82435, número 44449, correspondiente al año 2016. La modificación consistió en el retiro de la sociedad de la socia Kareen Elizabeth Wulf Schmidt, por la venta, cesión y transferencia de sus derechos sociales al socio Víctor Eduardo Quichel Ríos, quien los compró, adquirió y aceptó en el acto, renunciando a la acción resolutoria y otorgando por sí y en representación de la sociedad el más pleno y completo finiquito. Como consecuencia de la venta y cesión de derechos referida, y por la reunión del cien por ciento de los derechos sociales en una sola persona, se transformó la sociedad de responsabilidad limitada en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, manteniendo mismo RUT N° 76.449.575-6, activos y pasivos, derechos y obligaciones y bajo siguientes principales estipulaciones: Sociedad Transformada: Razón Social: “Víctor Quichel Ríos E.I.R.L” Nombre de fantasía “Rasante Ingeniería y Construcción E.I.R.L.” Capital: diez millones de pesos aportados en dinero efectivo. Suscrito y pagado. Objeto: Ejecución de proyectos de ingeniería, ejecución de obras de ingeniería, edificación y pavimentación, instalaciones sanitarias, preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierra, acondicionamiento de edificios y casas, alquiler de equipos de construcción o demolición y operarios, compra, venta, consignación, distribución, transporte, importación, exportación de toda clase de bienes muebles, mantenimiento y reparación en general, comercialización de vehículos, maquinarias y equipos y la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de otras sucursales. Duración: desde la fecha de la escritura, una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos si el titular no manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción en el Registro de Comercio competente, con una anticipación de a lo menos tres meses del fin del respectivo periodo. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 19 de Julio de 2019.