INVERSIONES HERMANOS GARCÉS CASTILLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2019
- Repertorio
- 18369
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Interino de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago con oficio en calle La Concepción 65, segundo piso, comuna de Providencia, certifica que con fecha 14 de junio del año 2019, Repertorio Nº 18.369, ante mí, don RENÉ ALEJANDRO GARCÉS CASTILLO y don JAIME FELIPE GARCÉS CASTILLO, ambos con domicilio para estos efectos en Calle Burgos número ochenta, oficina quinientos dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada “INVERSIONES HERMANOS GARCÉS CASTILLO LIMITADA”. ADMINISTRACIÓN, representación y uso razón social le corresponderá a corresponderá en forma conjunta a don René Alejandro Garcés Castillo y don Jaime Felipe Garcés Castillo. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, que los socios aportan, enteran y pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) Don RENÉ ALEJANDRO GARCÉS CASTILLO, la suma de quinientos mil pesos, correspondiente al cincuenta por ciento de los derechos sociales y b) Don JAIME FELIPE GARCÉS CASTILLO, la suma de quinientos mil pesos, correspondiente al cincuenta por ciento de los derechos sociales. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) Realizar toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; b) Construir por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza; administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a cualquier título; c) Subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena toda clase de predios urbanos u rústicos de propiedad de la sociedad o no, confines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; d) Prestar toda clase de asesorías profesionales, consultorías y servicios de carácter comercial, financiero y económico. Para el cumplimiento de los fines sociales la sociedad podrá: e) Contratar con cualquier persona natural o jurídica, incluso el Fisco, instituciones, corporaciones o fundaciones de derecho público o privado, sean fiscales, semifiscales, de previsión o de administración autónoma, sean nacionales o extranjeros; f) Constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, adminístralas, disolverlas y liquidarlas, pudiendo servir como socia gestora de sociedades en comandita de cualquier clase o de socia gestora o partícipe en asociaciones o cuentas en participación; y g) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, a la realización de los negocios que los socios acuerden o a la inversión de los fondos disponibles, sin limitación o restricción alguna. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Julio de 2019.