CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EMPRESA ELÉCTRICA AMANECER SpA

CVE 1626051
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
2 de julio de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de julio de 2019

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: i) el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; ii) la generación, compra, venta, distribución y comercialización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas. iii) la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; iv) la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; v) la instalación, asistencia técnica, reparación, mantención y reacondicionamiento de equipos de energía, vi) la representación de compañías internacionales y la distribución de sus productos, vi) el financiamiento del desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas, vii) la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; viii) la inversión en todo clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social; y ix) para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de concesiones mineras o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su

Administración

PEDRO JAVIER MATTHEI SALVO, con amplias facultades. DOMICILIO, Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado notario público interino de la 27° notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia certifico: Por escritura pública suscrita ante mí con fecha 2 de Julio de 2019, AAKTEI ASESORÍAS E INVERSIONES LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada, Rol Único Tributario número setenta y seis millones treinta y tres mil ciento setenta y siete guión cinco, representada por don Pedro Javier Matthei Salvo, chileno, casado, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos setenta y siete mil trescientos cuarenta y nueve guion dos, ambos domiciliados para estos efectos en Pedro de Valdivia número cero cientos noventa y tres oficina cincuenta y uno comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones. NOMBRE Y RAZÓN SOCIAL: “EMPRESA ELÉCTRICA AMANECER SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante los bancos, la abreviación “Amanecer”; OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: i) el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; ii) la generación, compra, venta, distribución y comercialización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas. iii) la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; iv) la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; v) la instalación, asistencia técnica, reparación, mantención y reacondicionamiento de equipos de energía, vi) la representación de compañías internacionales y la distribución de sus productos, vi) el financiamiento del desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas, vii) la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; viii) la inversión en todo clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social; y ix) para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de concesiones mineras o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. CAPITAL: Será de $1.000.000 divididos en 1.000.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida. ADMINISTRACION: PEDRO JAVIER MATTHEI SALVO, con amplias facultades. DOMICILIO, Santiago. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 22 de julio de 2019.