EMPRESA DE TRANSPORTES HERNANDEZ Y HERNANDEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2007
- Notario
- TOMAS ALBERTO FERNANDEZ GOMEZ
- Domicilio
- y Conservador de Minas Suplente de Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTOMAS ALBERTO FERNANDEZ GOMEZ, Notario Público y Conservador de Minas Suplente de Antofagasta, con oficio en calle Washington 2653; CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí: doña GLORIA ANGELICA COLLAO AGUIRRE, chilena, casada en separación de bienes, comerciante, y doña KIMBERLY DENISSE HERNANDEZ COLLAO chilena, soltera, obstetra, ambas mayores de edad, con domicilio en Avenida Diagonal Sur 1934, Antofagasta; modifican sociedad “EMPRESA DE TRANSPORTES HERNANDEZ Y HERNANDEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” Y/O “EMPRESA DE TRANSPORTES H Y C LTDA” rut 76.888.900-7, CAPITAL VIGENTE: $2.000.000.-, la que fuera constituida originalmente por escritura pública de fecha 18-06-2007, cuyo extracto figura inscrito a fojas 765 vta., bajo el N° 632 del Registro de Comercio de Antofagasta, de fecha 11-07-2007, siendo publicado con fecha 25-06-2007 en el Diario Oficial de la República en su edición número 38797. Modificada por escritura pública de 31-05-2012. El extracto de la modificación figura inscrito en el registro de comercio a fojas 1581 Vta, bajo el N° 1068 con fecha 14-06-2012. Publicada el 13-06-2012 en el diario oficial de la república en su edición N° 40286. Modificada finalmente por escritura pública de fecha 10-07-2018, suscrita en este oficio notarial ante don Julio Abasolo Aravena, inscrita en extracto a fojas 1052, número 734, año 2018 del Registro de Comercio de Antofagasta. Y publicada el 12-09-2018 en el diario oficial de la república en su edición número 42156. MODIFICACIÓN consiste en: Por este acto los actuales socios de la sociedad: doña KIMBERLY DENISSE HERNANDEZ COLLAO y doña GLORIA ANGELICA COLLAO AGUIRRE, a quienes les corresponde un 20%; y 80% de la participación social, respectivamente, vienen en modificar de común acuerdo el pacto social que dice relación con la administración y el uso de la razón social, la que a partir de la suscripción de este instrumento corresponderá de forma exclusiva a doña GLORIA ANGELICA COLLAO AGUIRRE, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con todas y cada una de las facultades contempladas en la cláusula 5ta, de la escritura constitutiva, las que se dan por expresamente reproducidas en este acto. En todo lo no modificado continúan vigentes las estipulaciones de la constitución del pacto social y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta 19 de julio de 2019.