Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2019
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Oficio
- Tercera Notaria de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Domicilio
- Rancagua
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LUIS ALBERTO ARANEDA CALDERA | socio | 4817879-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Rancagua, Campos 377, certifico: Por escritura pública de fecha hoy, ante mí, CARLOS FELIPE MUÑOZ MORALES, venezolano, soltero, cirujano ortopedista y traumatólogo, C.N.I. para extranjeros Nº24.932.492-2, domiciliado calle Román Nº850, Condominio Brisas de Kennedy departamento 3407, Rancagua; LUIS ALBERTO ARANEDA CALDERA, chileno, casado, empresario, C.N.I. N4.817.879-0, domiciliado en calle Santa Inés Nº2336, Villa Jardín del Este, comuna de La Florida, Santiago; constituyeron Sociedad por Acciones. Razón Social, “Trauma Smart SpA”.; Objeto social, El objeto de la sociedad será a) Explotación, administración y desarrollo por cuenta propia o ajena de establecimientos de salud. b) Asumir representaciones de empresas, marcas y productos, agencias, corretajes o brokers, comisiones y mandatos de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras; pudiendo para los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o de disposición. c) importación, exportación, fabricación, elaboración, distribución, representación, tenencia, compra, venta, arriendo, administración y otros actos jurídicos por cuenta propia o ajena o de terceros, de cualquier clase bienes muebles e inmuebles, artículos, productos o materias primas, en especial en lo relacionado al área de la salud, tales como equipos y equipamiento médico quirúrgico e instrumental médico en general, enceres y menaje hospitalario. Comercialización, arriendo, mantenimiento, reparación, deposito, de tales equipos, equipamiento e instrumental, enceres y menaje hospitalario. d) Efectuar toda clase de Inversiones mobiliarias e inmobiliarias, sean acciones, bonos, debentures, créditos, fondos mutuos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como socio o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, de negocios, empresas o sociedades. e) Desarrollar actividades de investigación, desarrollo experimental, laboratorios de análisis químico, bromatología, de biología, clínicos, de entrenamiento médico y en general aquellos relacionados al área de la salud. f) Importar, exportar, adecuar, distribuir, comercializar, arrendar, dar en comodato, celebrar leasing o contratos similares relativos a vehículos de salud o relacionados al área de la salud, tales como ambulancias, nuevos o usados, por cuenta propia o de terceros. g) Y en general otras actividades de servicios a fines o necesarias para ejecutar todo cuanto naturalmente el giro de la presente Sociedad por Acciones pueda realizar. Capital, El Capital Social es de veintiséis millones de pesos, dividido en diez mil acciones, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se suscribe y paga, de la forma que sigue: a) El socio don Carlos Felipe Muñoz Morales, suscribe cinco mil acciones, en la suma de trece millones de pesos, el cual se paga y soluciona en este acto, de contado y en dinero efectivo, y que se ingresa a caja social; b) El socio don Luis Alberto Araneda Caldera, suscribe cinco mil acciones, en la suma de trece millones de pesos, el cual se paga y soluciona en este acto, de contado y en dinero efectivo, y que se ingresa a caja social. De la forma descrita queda enterado el capital en forma integra; Administración y uso de la razón social, corresponde administrador: se designa a CARLOS FELIPE MUÑOZ MORALES, amplias facultades, detalladas artículo primero y segundo transitorio del pacto social. Duración, cinco años renovables en forma automatica; Domicilio: Rancagua. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 08 de julio de 2019.