MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA

RUT 76091019-8 CVE 1625560
Fecha instrumento
7 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2019
Repertorio
15058/2018
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 07/06/2019 ante mí: Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete, calle Francisco de Villagra Nº 268, departamento 804, Ñuñoa; Rafael Andrés Rossi Serrano,Avenida Isabel La Católica Nº 4.253, departamento 402, Las Condes; y Pío Francisco Valdés Vasquez, calle Nuestra Señora de Los Angeles Nº 154, departamento 202, Las Condes, conforme lo dispuesto en los artículos 1º y siguientes, de la Ley Nº 19.499, del Ministerio de Justicia, que establece las normas de saneamiento de los vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio, practicaron el saneamiento de la escritura de modificación de fecha 20/11/2018, repertorio Nº 15.058/2018, otorgada en la notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fs. 97.373 Nº 49.911 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, y se público en el Diario Oficial Nº 42.245 de fecha 4 de Enero del año 2019, referida a la sociedad KINESIOLOGOS ASOCIADOS UFT LIMITADA “, Rut Nº 76.091.019- 8, constituida por escritura pública cuyo extracto se inscribió a fs. 8.057 Nº 5.570 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010 y se público en el Diario Oficial Nº 39.589, de fecha 17/2/2010. En efecto, como consta de la cláusula Quinto, de la citada escritura pública de modificación, los socios procedieron como se indica : Reemplazan actual razón social por “ HRV ASOCIADOS LIMITADA “ pudiendo para todos los efectos legales y especialmente bancarios, la razón social abreviada o nombre de fantasía “ HRV LTDA. “; En razón de que dicha modificación antes señalada, incluye las iniciales de los socios y no los nombres de estos, se podría concluir que no cumplen con lo establecido en el artículo 365 del Código de Comercio, en razón de lo expuesto, los socios de acuerdo y para los efectos de lo dispuesto en los artículos 1º y siguientes de la Ley Nº 19.499 del Ministerio de Justicia, sanean dicho vicio y acuerdan reemplazar la razón social HRV ASOCIADOS LIMITADA, por SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA, y la razón social abreviada o nombre de fantasía HRV LTDA por SSYC LTDA., quedando para todos los efectos legales, reemplazadas la razón social y abreviada en la forma señalada. Los socios comparecientes, convienen que las cláusulas del pacto social, que no hubieren sido modificadas, por el presente instrumento, continuaran vigentes y plenamente validas.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 12 de Julio 2019.