Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2019
- Repertorio
- 20860-2019
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Objeto social
1) El diseño, desarrollo y comercialización de toda especie de obra de software y de soluciones de software e informáticas; 2) El diseño y mejora de procesos y procedimientos aplicables a la actividad empresarial, comercial e industrial y la formulación de estándares para tales actividades, todo ello conforme el uso de tecnologías y soluciones de software e ingeniería; 3) El diseño, desarrollo, implantación e implementación de nuevas tecnologías y técnicas aplicables o requeridas en cualquiera de los rubros anteriores; 4) El licenciamiento, como licenciante o licenciataria, de toda especie de propiedad intelectual e industrial aplicables o relativas a cualquiera de los rubros anteriores, y; 5) En general, toda otra actividad comercial necesaria para el cumplimiento de los fines anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36 Notaría Santiago, domiciliado en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 11 de julio de 2019, repertorio N° 20.860-2019, otorgada ante mí, PEDRO PABLO ÁLVAREZ JERIA, C.I. 13.455.110-0; JORGE ANTONIO ARENAS MARTÍNEZ, C.I. 16.510.675-K, y; HERNÁN ALEJANDRO CASTILLO ORREGO, C.I. 16.967.785-9, constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre: PHJ SpA. Objeto: 1) El diseño, desarrollo y comercialización de toda especie de obra de software y de soluciones de software e informáticas; 2) El diseño y mejora de procesos y procedimientos aplicables a la actividad empresarial, comercial e industrial y la formulación de estándares para tales actividades, todo ello conforme el uso de tecnologías y soluciones de software e ingeniería; 3) El diseño, desarrollo, implantación e implementación de nuevas tecnologías y técnicas aplicables o requeridas en cualquiera de los rubros anteriores; 4) El licenciamiento, como licenciante o licenciataria, de toda especie de propiedad intelectual e industrial aplicables o relativas a cualquiera de los rubros anteriores, y; 5) En general, toda otra actividad comercial necesaria para el cumplimiento de los fines anteriores. Capital: $3.000.000.- dividido en 3.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2019.