MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MÉDICA Y DE DIAGNOSTICO MAULE LIMITADA

RUT 76551640-4 CVE 1624681
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2005

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2005
Notario
ARTURO CASTRO SALGADO
Domicilio
Titular de Linares

Administración

La administración y el uso de la razón social, corresponderá a Victor Manuel Retamal Pincheira y Hernán Orlando Valenzuela Valenzuela. Dicha administración y el uso de la razón social y del nombre de fantasía con las facultades que se señalan en la clausula quinta de los estatutos de la sociedad la ejercerán de manera conjunta o individualmente y anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad en todas y cada una de las actuaciones dentro del marco de sus atribuciones conforme a los estatutos sociales, y en especial a la referida clausula quinta de los mismos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ARTURO CASTRO SALGADO, Notario Público Suplente del Titular de Linares, don Andrés Cuadra González del Riego, Chacabuco 551-A, certifica: Por escritura pública, de fecha doce de Julio de dos mil diecinueve, ante Notario Titular, la sociedad “INMOBILIARIA ALTOS DEL MAR LIMITADA”, R.U.T. Nº 76.021.149-4 representada por don VICTOR MANUEL RETAMAL PINCHEIRA, Pasaje Laguna del Dial Nº 1849, Linares; y, la sociedad “INMOBILIARIA VALENZUELA GAETE LIMITADA”, R.U.T. Nº 76.146.239-3 representada por don HERNÁN ORLANDO VALENZUELA VALENZUELA, Chacabuco Nº697, Linares Modifican Soc. Responsabilidad Ltda.- “SOCIEDAD MÉDICA Y DE DIAGNOSTICO MAULE LIMITADA”, RUT: 76.551.640-4, constituida por escritura de 11 de Noviembre de 2005. Extracto inscrito fs. 156, Nº 196, año 2005, Registro Comercio Linares. Modificada mediante escritura de 19 de Junio de 2012. Extracto inscrito fs. 575, Nº 633, año 2012, Registro Comercio Linares. Administración: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a Victor Manuel Retamal Pincheira y Hernán Orlando Valenzuela Valenzuela. Dicha administración y el uso de la razón social y del nombre de fantasía con las facultades que se señalan en la clausula quinta de los estatutos de la sociedad la ejercerán de manera conjunta o individualmente y anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad en todas y cada una de las actuaciones dentro del marco de sus atribuciones conforme a los estatutos sociales, y en especial a la referida clausula quinta de los mismos. Capital Social: El capital social es la suma de UN MILLON DE PESOS, suma de dinero que se encuentra ingresado con anterioridad a este acto en las arcas sociales, el cual es dividido entre los socios en el porcentaje que para el caso se indica: a) INMOBILIARIA ALTOS DEL MAR LIMITADA, le corresponde el cincuenta por ciento del total del capital social; y, b) INMOBILIARIA VALENZUELA GAETE LIMITADA, le corresponde el cincuenta por ciento del total del capital social. Vigentes demás estipulaciones pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Linares, 19 de Julio 2019.