MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SMB Factoring S.A.

RUT 99513410-1 CVE 1625004
Capital
$253.405 CLP
Fecha instrumento
27 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de mayo de 2019
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$253.405 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 27-05-2019, ante titular, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de SMB Factoring S.A., celebrada el día 29 de marzo de 2019, en que se acordó: (1) Deja sin efecto el acuerdo adoptado en la junta extraordinaria de accionistas de fecha 23 de agosto de 2018, reducida a escritura pública con fecha 27 de septiembre de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, en el sentido de no emitir las acciones liberadas de pago producto del aumento de capital de $253.405.332 que corresponde a la corrección monetaria del capital pagado desde febrero de 2003 a diciembre de 2010, disminuyéndose la cantidad de acciones de que se compone el capital social; (2) Por no haberse enterado el capital dentro del plazo acordado, el capital debe reducirse en $500.000.000 y en 50.000 acciones, de manera tal que el capital se disminuye a $2.253.405.332 dividido en 300.000 ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; (3) Se aumenta el capital en la suma de $500.000.000, mediante la emisión de 50.000 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma expresada en los artículos transitorios. El nuevo capital social será la suma de $2.753.403.332 dividido en 350.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. Se modifican artículo cinco permanente y primero transitorio de estatutos sociales. Otros acuerdos son de materia no extractable.. Santiago, 3 de julio de 2019.