Instrumento
- Fecha
- 12 de julio de 2019
- Notario
- EUGENIO JIMÉNEZ LARRAIN
- Oficio
- Primera Notaría de la Agrupación de comunas de Ovalle
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEUGENIO JIMÉNEZ LARRAIN, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de la Agrupación de comunas de Ovalle, Punitaqui, Monte Patria y Rio Hurtado, domiciliado en esta ciudad, calle Vicuña Mackenna número trescientos setenta oficinas 3-E, certifico que por Escritura Pública , ante mí GAMAL EDUARDO ROJAS PEREZ, Run N° 7.564.121-4, domiciliado en calle Libertad N° 680, ciudad y comuna de Ovalle, ha constituido una sociedad por acciones denominada "SANTA ANDREA SpA". El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de las siguientes operaciones: A) comprar, vender, distribuir, comercializar, representar, importar, exportar, confeccionar y fabricar y distribuir, y en general, efectuar la comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles; B) Podrá efectuar toda clase de inversiones en valores y efectos de comercio, ya sea en Chile o en el exterior. Podrá participar en Comunidades y Sociedades colectivas civiles y comerciales, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este objeto, adquirir cuotas de fondos mutuos y títulos de crédito en general, administrar dichas inversiones, y percibir sus frutos naturales y civiles; C) El desarrollo de toda clase de inversiones inmobiliarias, la adquisición de bienes raíces, su subdivisión, venta de pisos, loteos, asó como cualquier forma de explotación de los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, administraciones, y en general la ejecución de cualquier tipo de proyecto inmobiliario; D) Producir, comprar, importar, exportar, elaborar, reparar, vender, representar y distribuir toda clase de bienes corporales muebles. Estará facultado para efectuar esta comercialización por medios comunes o por medios electrónicos, vía internet o sistemas similares; en general, podrá realizar cualquier clase de actos jurídicos que tengan por objeto, alguno de los bienes señalados anteriormente. La prestación de servicios de instalación, operación, conservación, mantención, servicio técnico y desarrollo de equipos, dispositivos, sistemas y ser4vicios de toda clase de bienes muebles; E) Podrá realizar exportaciones e importaciones, distribución, representación de firmas nacionales o extranjeras, comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, productos y mercaderías; F) Podrá invertir, gestionar o efectuar inversiones en toda clase de actividades comerciales, especialmente vinculadas al área de comercio y de la industria; G) Podrá efectuar el transporte en general de personas o bienes muebles, en vehículos propios o ajenos, camiones, buses, minibuses, automóviles u otro tipo de vehículos de tracción mecánica, dentro del territorio nacional o fuera de los límites de dicho territorio, por cuenta propia o de terceros, a personas naturales o jurídicas, podrá efectuar consignaciones, importaciones, exportaciones y en general, cualquier otra actividad relacionada con el transporte; H) Podrá prestar servicios de administración general, de auditoria, de contabilidad, de gestión y asesorías financieras, económicas, y tributarias o contables I) Podrá efectuar la compra y venta, al por mayor y al detalle, el arrendamiento, leasing, concesión, franquisamiento, importación y exportación, y expendio de todo tipo de bienes, así como el desarrollo, investigación, producción, comercialización, patentamiento, venta, compra, arriendo de bienes muebles, y en general, ejecutar, otorgar y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución de sus objetivos, o que se relacionen con los fines sociales, sin limitación de ninguna naturaleza.- El DOMICILIO de la sociedad será la ciudad de OVALLE sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. La DURACIÓN de la sociedad será INDEFINIDA. El CAPITAL de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000), dividido en dos mil (2.000) acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital mencionado se suscribe y paga en este acto por su accionista quien paga su aporte conforme lo expresado en la clausula primero transitorio. El o los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a don GAMAL EDUARDO ROJAS PEREZ, quien podrá, en nombre y representación de la Sociedad, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos inherentes al cumplimiento de los objetos sociales conforme a facultades que por vía ilustrativa se indican en la cláusula décimo tercero de la escritura extractada. Los accionistas se reunirán en Juntas Ordinarias y Extraordinarias. La sociedad sólo llevará el libro de actas de Juntas de Accionistas y el Registro de Accionistas. Al treinta y uno de Diciembre de cada año, la sociedad practicará un balance general y un estado de ganancias y pérdidas del respectivo ejercicio comercial.- Otras estipulaciones en escritura extractada de fecha 12 de Julio de 2019.