CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HR Technologies SpA

CVE 1624769
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2019
Repertorio
21168-20019
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros a) a la consultoría en gestión, consultoría en procesos, consultoría en ingeniería, consultoría en recursos humanos y auditoría interna de procesos; b) a la creación, diseño e implementación de software, elaboración de informes, la representación nacional e internacional de empresas y marcas comerciales; c) a la contratación y subcontratación de servicios profesionales; d) a la creación, desarrollo, venta y distribución de software; e) a la compra y venta de hardware, equipamiento u otros implementos necesarios en los procesos de consultoría a empresas; f) al arriendo y subarriendo de plataformas tecnológicas; g) a la gestión y realización de eventos; h) en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, pudiendo celebrar todo negocio relacionado o no con el giro principal que los accionistas acuerden

Administración

Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por Gonzalo Antonio Torrealba Beyer, quien podrá actuar representando a la Sociedad, con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo décimo quinto de los estatutos sociales, sin restricción alguna.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de julio de 2019, Repertorio N°21.168-20019, otorgada ante mí, don GONZALO ANTONIO TORREALBA BEYER, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “HR Technologies SpA” Accionistas: GONZALO ANTONIO TORREALBA BEYER.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros a) a la consultoría en gestión, consultoría en procesos, consultoría en ingeniería, consultoría en recursos humanos y auditoría interna de procesos; b) a la creación, diseño e implementación de software, elaboración de informes, la representación nacional e internacional de empresas y marcas comerciales; c) a la contratación y subcontratación de servicios profesionales; d) a la creación, desarrollo, venta y distribución de software; e) a la compra y venta de hardware, equipamiento u otros implementos necesarios en los procesos de consultoría a empresas; f) al arriendo y subarriendo de plataformas tecnológicas; g) a la gestión y realización de eventos; h) en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, pudiendo celebrar todo negocio relacionado o no con el giro principal que los accionistas acuerden.- Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito de la siguiente forma: GONZALO TORREALBA MEYER suscribe la cantidad de 800 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $800.000 mil pesos chilenos, los que son pagados en este acto y enterados a la caja social, al contado y en dinero efectivo; (b) 200 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $200.000 mil pesos chilenos, quedan pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso, deberán suscribirse y pagarse, en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura.- Administración: Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por Gonzalo Antonio Torrealba Beyer, quien podrá actuar representando a la Sociedad, con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo décimo quinto de los estatutos sociales, sin restricción alguna.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2019.