Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2019
- Repertorio
- 21316
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Titular de la Trigésimo Sexta Notaría Pública de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de julio de 2019, Repertorio Nº 21.316–2019, ante mí, don FERNANDO ALAMOS SWINBURN, doña CLAUDIA CECILIA GOMEZ PEÑA, doña BERNARDITA MARÍA ALAMOS GOMEZ, don FERNANDO IGNACIO ALAMOS GOMEZ, doña MAGDALENA MARÍA ALAMOS GOMEZ y don VICENTE ALAMOS GOMEZ, constituyeron una sociedad por acciones: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “GRAVAL SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Compra, venta, importación, arrendamiento y comercialización, en lo más amplios términos, sea por cuenta propia o ajena, de equipos, repuestos, accesorios, materias primas e insumos para la industria gráfica, representación de fabricantes nacionales o extranjeros de equipos, repuestos, accesorios, materias primas e insumos para la industria gráfica, el establecimiento de servicios de mantenimiento, control y reparación de los elementos referidos; b) Fabricación, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de maquinarias, herramientas, mercaderías, materias primas o elaboradas y productos en general relacionados directa o indirectamente con la industria gráfica y con industrias afines; c) Asesoría, evaluación e implementación de proyectos asociados a la incorporación de tecnologías en la industria gráfica, asesorías asociadas a mejoras en la productividad y calidad de empresas gráficas, consultorías y capacitación técnica y comercial, venta de toda clase de servicios dentro del país y al extranjero, y en general la prestación de toda clase de asesorías en relación con el giro de la sociedad y el desarrollo de otras actividades anexas o complementarias de dichos giros; d) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de capital o de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; e) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $20.000.000 de pesos, representado por mil acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2019.