MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ELSA G. BELTRÁN ROCHA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78660490-7 CVE 1625137
Capital
$7.544.831 CLP

Instrumento

Repertorio
378/2019

Sociedad

Capital
$7.544.831 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, Abogado, Notario, Conservador y Archivero Judicial de las comunas de Purén y Los Sauces, con oficio en calle Urrutia Nº 470, comuna de Purén, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, Comparece doña ELSA GERTRUDIS BELTRAN ROCHA, chilena, c.i. 11.301.130-0; HECTOR ARMANDO CARRASCO COFRE, chileno, c.i. 9.043.101-3; DIEGO IGNACIO CARRASCO BELTRAN, chileno, c.i. 19.866.614-9; VICTORIA DE LOS ANGELES CARRASCO BELTRAN, chilena, c.i 16.967.008-0, todos los comparecientes domiciliados en calle Doctor Garriga n. 1428, Purén, Novena Región; modificaron, repactaron y refundieron sociedad “ELSA G. BELTRAN ROCHA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en el siguiente sentido: /A/ HECTOR ARMANDO CARRASCO COFRE, vendió, cedió y transfirió 4,17% de su interés social, equivalente al 3,26% del interés total societario a ELSA GERTRUDIS BELTRAN ROCHA, quien compra y acepta para sí. /B/ HECTOR ARMANDO CARRASCO COFRE, vendió, cedió y transfirió el 33,3% de su interés social, equivalente al 24,9% del interés total societario a VICTORIA DE LOS ANGELES CARRASCO BELTRAN, quien compra y acepta para sí y se incorpora como socio. C) HECTOR ARMANDO CARRASCO COFRE, vendió, cedió y transfirió el 33,3% de su interés social, equivalente al 24,9% del interés total societario a don DIEGO IGNACIO CARRASCO BELTRAN, quien compra y acepta para sí y se incorpora como socio. Se deja expresa constancia que la cesión derechos sociales y el ingreso de los nuevos socios, se realiza con el consentimiento expreso socios Elsa Gertrudis Beltrán Rocha y Héctor Armando Carrasco Cofré, quienes comparecen en este acto otorgando su aprobación, dando estricto cumplimiento al 13º estatutos sociales.- Los socios don HECTOR ARMANDO CARRASCO COFRE, ELSA GERTRUDIS BELTRAN ROCHA, DIEGO IGNACIO CARRASCO BELTRÁN y VICTORIA DE LOS ANGELES CARRASCO BELTRÁN modifican la sociedad referida, en las condiciones siguientes: /A/ Modifican cláusula 5º: siguiente sentido: La administración y representación de la sociedad, como el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña Elsa Gertrudis Beltran Rocha y don Héctor Armando Carrasco Cofré, los cuales actuando en la forma señalada podrán actuar con amplias facultades debiendo anteponer a sus firmas la razón social, Con excepción de las limitaciones que se indican; Los socios acuerdan que para realizar los siguientes actos o contratos obligando a la sociedad, consistentes en gravar con hipotecas bienes sociales, servidumbres anticresis de los bienes sociales con o sin cláusula de garantía general; avalar y constituir fianzas, deudas solidarias y otras formas de garantía, constituir a la sociedad en codeudora solidaria, dar en arriendo inmuebles sociales por más de dos años, enajenar activos fijos, nombrar administradores o conferir mandatos de administración, así como para otorgar poderes especiales a terceros, será necesario la comparecencia conjunta de , don Héctor Armando Carrasco Cofre , doña Elsa Gertrudis Beltrán Rocha, con las atribuciones señaladas en los estatutos.- /B/ Modifican cláusula 6º: siguiente sentido: “El capital de la sociedad será la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN PESOS, que los socios enteran y entregan en este acto de la siguiente forma: i) El socio HECTOR ARMANDO CARRASCO COFRE, aporta y entera en este acto, de contado y en dinero en efectivo, la suma de un millón ochocientos ochenta y seis mil doscientos diez pesos, suma que ingresa en este acto a caja social, de manera que su aporte queda enteramente suscrito y pagado.- ii) La socia VICTORIA DE LOS ANGELES CARRASCO BELTRAN, aporta y entera en este acto, de contado y en dinero en efectivo, la suma de un millón ochocientos ochenta y seis mil doscientos siete pesos, suma que ingresa en este acto a caja social, de manera que su aporte queda enteramente suscrito y pagado.- iii) El socio DIEGO IGNACIO CARRASCO BELTRAN, aporta y entera en este acto, de contado y en dinero en efectivo, la suma de un millón ochocientos ochenta y seis doscientos siete pesos, suma que ingresa en este acto a caja social, de manera que su aporte queda enteramente suscrito y pagado.- iv) La socia ELSA GERTRUDIS BELTRAN ROCA, aporta y entera en este acto, de contado y en dinero en efectivo, la suma de un millón ochocientos ochenta y seis doscientos siete pesos, suma que ingresa en este acto a caja social, de manera que su aporte queda enteramente suscrito y pagado.- De esta forma, el capital queda totalmente suscrito y pagado.” C) Modifican cláusula 8º por la siguiente: “Se practicará balance e inventario anual el treinta y uno de diciembre de cada año. Las utilidades se repartirán en la siguiente forma: socia doña Elsa Gertrudis Beltrán Rocha, veinticinco por ciento; socio don Diego Ignacio Carrasco Beltrán, veinticinco por ciento; socia don Victoria De Los Ángeles Carrasco Beltrán, un veinticinco por ciento; socio Héctor Armando Carrasco Cofré, veinticinco por ciento. Las pérdidas se observarán en la misma proporción. Los socios establecen hacer retiros de utilidades de igual monto para cada uno, en forma trimestral, si existiere dinero o especies disponibles, de tal forma que no afecte el desarrollo de la actividad”.- D) Modifican cláusula 10º por la siguiente: “Cualquier problema, duda o dificultad que se produzca entre los socios, o entre uno de ellos y la sucesión del socio fallecido será resuelto por un árbitro designado por los socios, designado para tales efectos al contador público y auditor Oscar Lorenzo Pinoleo Flores, cédula nacional de identidad número once millones quinientos ochenta y tres mil trescientos cincuenta y cuatro guión cinco”.- En todo lo no que se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. En consecuencia de las modificaciones referidas, los estatutos refundidos de “ELSA G. BELTRÁN ROCHA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, serán los siguientes: La razón social será “ELSA G. BELTRÁN ROCHA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, para fines bancarios, publicidad y tributarios, sociedad podrá ser conocida con nombre de fantasía “SUPERMERCADO VICTORIA”.- Domicilio comuna de Purén, sin perjuicio establecer sucursales en otras ciudades del país.- Objeto social será explotación rubro Supermercado, pudiendo ampliarse a otro giro si los socios así lo acuerdan. La administración, representación, uso de razón social corresponderá indistintamente a Elsa Gertrudis Beltran Rocha y don Héctor Armando Carrasco Cofré, los cuales actuando en la forma señalada podrán actuar con amplias facultades debiendo anteponer a sus firmas la razón social, con las atribuciones señaladas en los estatutos sociales. El capital social será la suma de $7.544.831, que los socios enteran y pagan forma señalada en los estatutos sociales. La responsabilidad personal de los socios queda limitada monto respectivos aportes. La sociedad tendrá duración 5 años a contar esta fecha y se entenderá prorrogada en forma tácita y automática por períodos iguales, forma señalada estatutos sociales.- Repertorio N° 378/2019.- Purén, 31 de Mayo de 2019.