MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Kirin Limitada

RUT 76384003-4 CVE 1624881
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
15 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, titular de la trigésimo octava Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: por escritura de fecha 15 de Julio de 2019, ante mí, XIAOXI WANG, RUGANG WEN, RUTE WANG, y SHIMAO HE, acordaron modificar sociedad "COMERCIAL KIRIN LIMITADA ", RUT 76.384.003-4, constituida por escritura pública de 30/03/2012 otorgada ante el Notario de Santiago don Eulogio Baeza Gutierrez, cuyo extracto se inscribió a Fs. 22.320 Nº 15.628 en el Registro de Comercio año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial 07/12/2012, modificada por escritura pública de fecha de 16/10/2014, otorgada ante la Notario de Santiago Eulogio Baeza Gutierrez retirándose de la sociedad doña SHUYING SU e ingresando a ella don RUGANG WEN, escritura que extractada se inscribió a Fs.79.613 Nº48.503 del Registro de Comercio del año 2014 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publico en el Diario Oficial con fecha 29/10/2014. Modificaciones consisten en: 1) XIAOXI WANG cede totalidad de sus derechos sociales a RUTE WANG, retirándose de la sociedad; 2) RUGANG WEN cede totalidad de sus derechos sociales, retirándose de sociedad, a SHIMAO HE quien ingresa a la sociedad; 3) Únicos socios de COMERCIAL KIRIN LIMITADA, RUTE WANG y SHIMAO HE acuerdan siguientes modificaciones al pacto social: A) modifican cláusula Cuarto del pacto social, sobre administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía que corresponderá al socio RUTE WANG; B) Reemplazan cláusula Quinto del pacto social por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $5.000.000 que se aporta, entera y paga en la forma siguiente: A) El socio don RUTE WANG aporta la suma de $3.750.000, ya ingresados a la caja social y que equivalen al 75% de los derechos sociales; y B) El socio SHIMAO HE aporta la suma de $1.250.000, ya ingresados a la caja social y que equivalen al 25% de los derechos sociales”; C) Modifican Cláusula Sexta del contrato social en sentido que utilidades y pérdidas, que se distribuirán o soportarán por socios en proporción de 75% y 25%, conforme a participación en interés social; D) Socios dejan expresa constancia limitan responsabilidad hasta concurrencia de respectivos aportes, de acuerdo con artículo 2° Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada; E) Quedan vigentes todas estipulaciones del contrato social, no hayan sido alteradas ni modificadas por este instrumento.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de Julio de 2019.