Instrumento
- Fecha
- 12 de julio de 2019
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Para lograr sus fines, la sociedad podrá formar nuevas sociedades o ingresar sociedades ya existentes.–El capital de la sociedad será la suma de cien mil pesos dividido en cien acciones, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Conforme artículo segundo transitorio de estatutos, capital de la sociedad ascendente a cien mil pesos dividido en cien acciones las que se suscriben de la siguiente manera: a) Doña Diana Katherine Barreno Vargas, suscribe la cantidad de veinte acciones. Por lo tanto, quedan por suscribir ochenta acciones, se acuerda que el capital deberá quedar completamente suscrito, enterado y pegado en un plazo de doce meses a contar de la fecha de otorgamiento de la presente escritura. –Representación, administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura publica de fecha 12 de Julio de 2019, otorgada ante mí, Doña DIANA KATHERINE BARRENO VARGAS, constituyó una sociedad por acciones denominada RENTIVO SpA. Su Objeto es, realizar por cuenta propia o de terceros, todo tipo de servicios de venta, importación, exportación, comercialización, arriendo, diseño, fabricación de artículos infantiles, y, en general realizar todos los actos y contratos que se relacionan directa o indirectamente con el objeto social. Para lograr sus fines, la sociedad podrá formar nuevas sociedades o ingresar sociedades ya existentes.–El capital de la sociedad será la suma de cien mil pesos dividido en cien acciones, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Conforme artículo segundo transitorio de estatutos, capital de la sociedad ascendente a cien mil pesos dividido en cien acciones las que se suscriben de la siguiente manera: a) Doña Diana Katherine Barreno Vargas, suscribe la cantidad de veinte acciones. Por lo tanto, quedan por suscribir ochenta acciones, se acuerda que el capital deberá quedar completamente suscrito, enterado y pegado en un plazo de doce meses a contar de la fecha de otorgamiento de la presente escritura. –Representación, administración y uso razón social: Será ejercida por doña DIANA KATHERINE BARRENO VARGAS, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura. - Santiago, 17 de Julio de 2019.