MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PLUM & NUT SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA

RUT 76415893-8 CVE 1624348
Capital
$114.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2019
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$114.000.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MARCIA ZEPEDA PASTEN socio 14371281-8
EDUARDO EMILIO CARCAVILLA GAICHE socio 10191191-8
JUAN PABLO LANGEVIN URZÚA socio 16611250-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, titular de la 33º Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de julio de 2019, ante mí, MARCIA ZEPEDA PASTEN, CNI N°14.371.281-8, domiciliada en Baltasar Díaz N° 11, Lomas de Peñuelas, comuna de La Serena, Cuarta Región y de paso en esta; EDUARDO EMILIO CARCAVILLA GAICHE, CNI N°10.191.191-8, domiciliado, para estos efectos en calle José Miguel Carrera N° 13, de la comuna de Colina, Región Metropolitana; y JUAN PABLO LANGEVIN URZÚA, CNI N°16.611.250-8, domiciliado para estos efectos en José Miguel Carrera número 13, comuna de Colina, Región Metropolitana. Modificaron “PLUM & NUT SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA”, RUT N° 76.415.893-8, inscrito a Fs. 91.597, N°55847, Comercio Santiago año 2014. Uno) Aumento de Capital: Los actuales únicos socios de la Sociedad, acuerdan modificar la sociedad aumentando el capital social, de la suma actual de $114.000.000.-, a la suma de $174.000.000.-, efectuando por tanto un aumento de capital por la suma de $60.0000.000.-, el cual se financia y paga por los socios según se indica en la escritura extractada. Dos) Modificación de estatutos: A partir de lo anterior, los actuales socios de la Compañía, acuerdan modificar el artículo QUINTO de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente tenor “QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de $174.000.000.-, que los socios han aportado y/o aportaran a la Sociedad, en la siguiente forma y proporciones: a) Don EDUARDO EMILIO CARCAVILLA GAICHE, con la suma total de $58.000.000.-, de acuerdo a lo siguiente: a.1) con la suma de $10.000.000.-, equivalentes a un tercio del capital social, cantidad que se ingresó a la caja social en su totalidad, en el acto de constitución de la sociedad; a.2) con la suma de $28.000.000.-, mediante la capitalización de la cuenta por cobrar que poseía en contra de la sociedad, pagados con anterioridad a esta fecha. a.3) con la suma de $20.000.000.-, los cuales pagará en dinero efectivo o especies a más tardar en 3 años a contar de esta fecha. b) Doña MARCIA ZEPEDA PASTEN, con la suma de total de $58.000.000.-, de acuerdo a lo siguiente: b.1) con la suma de $10.000.000.-, equivalentes a un tercio del capital social, cantidad que se ingresó a la caja social en su totalidad, en el acto de constitución de la sociedad; b.2) mediante la reinversión de $13.000.000.-, de acuerdo a lo dispuesto en Articulo catorce letra A número Uno letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta y Circulares del Servicio de Impuestos Internos números trece y quince del año dos mil catorce, enterados con anterioridad a esta fecha; b.3) mediante la capitalización de la cuenta por cobrar que poseía en contra de la sociedad por la suma de$15.000.000.-, pagados con anterioridad a esta fecha. b.4) con la suma de $20.000.000.-, los cuales pagará en dinero efectivo o especies a más tardar en 3 años a contar de esta fecha. c) Don JUAN PABLO LANGEVIN URZÚA, con la suma total de $58.000.000, de acuerdo a lo siguiente: c.1) con la suma de $10.000.000, equivalentes a un tercio del capital social, cantidad que se ingresó a la caja social en su totalidad, en el acto de constitución de la sociedad; c.2) mediante la capitalización de la cuenta por cobrar que poseía en contra de la sociedad por la suma de$28.000.000.-, pagados con anterioridad a esta fecha; c.3) con la suma de $20.000.000.-, los cuales pagará en dinero efectivo o especies a más tardar en 3 años a contar de esta fecha.”. Demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 10 de julio de 2019.