CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

OLMEDO Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA

RUT 15639096-8 CVE 1624064
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2019
Notario
VIVIANA GONZÁLEZ TRABOL
Domicilio
doña Susana Belmonte Aguirre
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VIVIANA GONZÁLEZ TRABOL, Abogado, Notario Público Suplente de doña Susana Belmonte Aguirre, Notario Público Titular Undécima Notaría de Santiago, Paseo Ahumada 131, oficina 322, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de Julio de 2019, ante la titular de este oficio, don CRISTIAN ANDRES OLMEDO RIQUELME, chileno, soltero, abogado, Rut. 15.639.096-8, con domicilio en Sotero del Rio N° 508, oficina 716, comuna y ciudad de Santiago, constituye una sociedad por acciones de nombre “OLMEDO Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA”, pudiendo usar nombre de fantasía “OLMEDO & CÍA ABOGADOS SpA”.- Domicilio ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos de país o extranjero. El objeto de la sociedad será: a) Prestación de servicios jurídicos, relacionados con el ejercicio de la profesión liberal de abogado; en todos los campos del derecho; b) Asesoría legal a personas naturales o jurídicas, bien sean nacionales o extranjeras; c) Actuar como gestora de negocios y representante de empresas y empresarios nacionales o extranjeros; para lo cual los profesionales del derecho vinculados a la sociedad, podrán actuar como abogados y consultores legales en todas las ramas del derecho; a toda clase de clientes públicos y/o privados, en Chile y en el extranjero, por todos los medios lícitos disponibles, incluyendo los electrónicos; d) Actuación ante cualesquiera Tribunal de la Republica y/o Árbitros, por medio de abogados que tengan la condición de accionistas o presten servicios profesionales para la sociedad; e) Todas las actividades, negocios, actos, contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social, y los que determinen los accionistas de mutuo acuerdo. Duración será indefinida. Capital $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, que el accionista don CRISTIAN ANDRES OLMEDO RIQUELME paga en su totalidad y en éste acto, al contado y en dinero en efectivo, el accionista limita expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de su respectivo aporte. Administración y uso de la razón social corresponderá al accionista don CRISTIAN ANDRÉS OLMEDO RIQUELME, para que individualmente y anteponiendo razón social a su firma, represente y obligue a la sociedad con amplias facultades.- demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 12 de Julio de 2019.