Constructora de Vicente Edificación S.A.
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2019
- Repertorio
- 16349-2014
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: que con fecha 10 de junio de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria Accionistas de la sociedad “Constructora de Vicente Edificación S.A.”, celebrada el día treinta de mayo del año dos mil diecinueve, en la que se acordó por la unanimidad de sus accionistas: sanear el incumplimiento de una las solemnidades exigidas por el artículo 3 de la Ley 18.046, en específico, la falta de publicación del extracto correspondiente a la reducción de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad celebrada con fecha 30 de junio del año 2014, reducida a escritura pública con esa misma fecha en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, número de repertorio 16.349-2014, en la que se aprobó un aumento de capital, que a esa fecha ascendía a un millón de pesos, dividido en diez mil acciones, a la suma de mil doscientos cuarenta millones cuatro mil novecientos siete pesos, dividido en ochenta mil novecientas cuarenta y nueve acciones nominativas, de igual valor cada una y de una sola serie, sin valor nominal; aumento que se enteró y pagó a través de la emisión de setenta mil novecientas cuarenta y nueve acciones de pago por un monto total de mil doscientos treinta y nueve millones cuatro mil novecientos siete pesos, para que sean suscritas y pagadas por terceros en dinero efectivo o en especie, en un plazo de cinco meses desde la fecha de esa junta, sustituyéndose los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales, relativos al capital social, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la suma de mil doscientos cuarenta millones cuatro mil novecientos siete pesos y se encuentra dividido en ochenta mil novecientas cuarenta y nueve acciones, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de acuerdo a lo establecido en el artículo primero transitorio”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: el capital de mil doscientos cuarenta millones cuatro mil novecientos siete pesos, dividido en ochenta mil novecientas cuarenta y nueve acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal establecido en el artículo quinto, se ha pagado y pagará de la forma que sigue: a) Con un millón de pesos, dividido en diez mil acciones de igual valor, que corresponden al capital social suscrito y pagado al veintisiete de junio de dos mil catorce, fecha en que la Junta Extraordinaria de Accionistas acordó el aumento del capital social; y b) Con la suma de mil doscientos treinta y nueve millones cuatro mil novecientos siete pesos, que se enterarán mediante la emisión de setenta mil novecientas cuarenta y nueve acciones de pago, al valor de diecisiete mil cuatrocientos setenta y tres coma tres uno siete cuatro uno pesos cada una, que se suscribirán y pagarán en un plazo de cinco meses contado desde la fecha de la referida junta”, naciendo de esta forma un nuevo plazo para dar cumplimiento a la solemnidad involuntariamente omitida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada Santiago, 11 de Junio de 2019.