COMERCIAL ABBONDANZA TERRA CHILE LIMITADA
Instrumento
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público 10° Notaría Santiago, Calle Agustinas 1235, Local 2, piso 1 y 2, certifico que por escritura pública hoy ante mí, Andrea Paola Chinone Castillo y Stefanía Andrea Azocar Chinone, ambas con domicilio en Santiago, Calle Félix de Amesti número novecientos setenta, departamento treinta uno, comuna de las Condes, y las sociedades denominadas Sociedad Comercial e Inversiones San Pietro SpA, y Sociedad Comercial e Industrial Ferromek SpA, ambas con domicilio en Santiago, Calle Los Tres Antonios doscientos sesenta y uno, comuna de Ñuñoa, han modificado la sociedad de responsabilidad limitada denominada: “Comercial Abbondanza Terra Chile Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas cincuenta y dos mil setecientas setenta y seis, número veintisiete mil doscientos catorce, del año dos mil dieciocho, como sigue: Uno) Incorporándose a la compañía, Sociedad Comercial e Inversiones San Pietro SpA, adquiriendo la totalidad de los derechos sociales que en ella le corresponden a doña Andrea Chinone Castillo, quien, de este modo, se retira de la compañía. El precio de esta cesión asciende a la suma de noventa y nueve millones de pesos; Dos) Incorporándose a la compañía, Sociedad Comercial e Industrial Ferromek SpA, adquiriendo la totalidad de los derechos que en ella le corresponden a doña Stefanía Azocar Chinone, quien, de este modo se retira de la compañía. El precio de esta cesión asciende a la suma de un millón de pesos; Tres) Estableciéndose que, el capital de la sociedad es la suma de cien millones de pesos, que corresponde a los actuales socios en las siguientes proporciones: a) Sociedad Comercial e Inversiones San Pietro SpA, un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y b) Sociedad Comercial e Industrial Ferromek SpA, un uno por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) Estableciéndose que, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a don Nicolas Quinto Morgado Herrera. Santiago, 18 de julio de 2019.