CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS E INVERSIONES NUEVA LA HIGUERA SpA

RUT 76411405-1 CVE 1624306
Capital
$191.005.195 CLP
Fecha instrumento
20 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$191.005.195 CLP

Objeto social

a) La realización de inversiones, las que constituirán su giro principal, comprendiéndose dentro de este giro la creación, administración y ejercicio de concesiones, arrendamientos y subarrendamientos de bienes raíces en general; y b) Podrá, asimismo, realizar inversiones en valores mobiliarios, derechos, acciones y participación en sociedades

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS E INVERSIONES LA HIGUERA SPA socio 76411405-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que mediante escritura pública de fecha 20 de junio de 2019, otorgada ante mí, compareció ASESORÍAS E INVERSIONES LA HIGUERA SPA, RUT: 76.411.405-1, con domicilio en Camino La Fuente Nº1.399, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y constituyó sociedad por acciones denominada “ASESORÍAS E INVERSIONES NUEVA LA HIGUERA SPA”, la que se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: “NOMBRE: “ASESORÍAS E INVERSIONES NUEVA LA HIGUERA SPA”. OBJETO: a) La realización de inversiones, las que constituirán su giro principal, comprendiéndose dentro de este giro la creación, administración y ejercicio de concesiones, arrendamientos y subarrendamientos de bienes raíces en general; y b) Podrá, asimismo, realizar inversiones en valores mobiliarios, derechos, acciones y participación en sociedades. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $191.005.195, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscrito y pagado de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Junio de 2019.