Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2019
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) elaboración, fabricación, compra, venta, permuta, comercialización y distribución de toda clase de alimentos o bienes destinados al consumo de alimentos y en general, todos los insumos para el funcionamiento de restaurante, heladerías, cafeterías, salón de té, venta de comida y bebida; b) la organización, administración, operación y explotación de establecimientos comerciales de fabricación, preparación, venta y expendio de comidas y bebidas tales como restoranes, fuentes de soda, heladerías, cafeterías, salón de té, bares, ya sean propios o de terceros; c) la administración y explotación de derechos de propiedad industrial o intelectual relativos a marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, modelos de utilidad, diseños, derechos de autor, “know-how”, patentes y franquicias; d) adquisición a cualquier título de bienes raíces, ya sea compra, arriendo, subarrendamiento u otro de toda clase de actos y contratos para el desarrollo de los objetos anteriores, especialmente contratos de franquicias ; d) efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos que los socios acuerden y; e) en general, el objeto comprende todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro social y todos aquellos que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el
Administración
La sociedad será administrada por don Eduardo Castillo Valderrama y doña Carolina Andrea Silva Pavez, quienes podrán actuar indistintamente de manera conjunta o individual, quienes tendrán las facultades que al efecto le fueren conferidas. En el caso de las operaciones y transacciones sobre $10.000.000, deberán actuar de manera conjunta. Asimismo, se encuentran facultados para designar apoderados por medio de escritura pública para que los representen en las facultades que se les confieren. Santiago, 11 de Julio de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, Comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 08 de Julio de 2019, ante mí, doña CAROLINA ANDREA SILVA PAVEZ y don EDUARDO CASTILLO VALDERRAMA constituyen sociedad por acciones, con Nombre: SC Gastronomía SpA el nombre comercial y de fantasía Wake Up Coffee SpA; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) elaboración, fabricación, compra, venta, permuta, comercialización y distribución de toda clase de alimentos o bienes destinados al consumo de alimentos y en general, todos los insumos para el funcionamiento de restaurante, heladerías, cafeterías, salón de té, venta de comida y bebida; b) la organización, administración, operación y explotación de establecimientos comerciales de fabricación, preparación, venta y expendio de comidas y bebidas tales como restoranes, fuentes de soda, heladerías, cafeterías, salón de té, bares, ya sean propios o de terceros; c) la administración y explotación de derechos de propiedad industrial o intelectual relativos a marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, modelos de utilidad, diseños, derechos de autor, “know-how”, patentes y franquicias; d) adquisición a cualquier título de bienes raíces, ya sea compra, arriendo, subarrendamiento u otro de toda clase de actos y contratos para el desarrollo de los objetos anteriores, especialmente contratos de franquicias ; d) efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos que los socios acuerden y; e) en general, el objeto comprende todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro social y todos aquellos que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital: $15.000.000.- dividido en 1000 acciones, se suscribe y paga íntegramente la totalidad de las 1000 acciones. Administración: La sociedad será administrada por don Eduardo Castillo Valderrama y doña Carolina Andrea Silva Pavez, quienes podrán actuar indistintamente de manera conjunta o individual, quienes tendrán las facultades que al efecto le fueren conferidas. En el caso de las operaciones y transacciones sobre $10.000.000, deberán actuar de manera conjunta. Asimismo, se encuentran facultados para designar apoderados por medio de escritura pública para que los representen en las facultades que se les confieren. Santiago, 11 de Julio de 2019.