MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES EL CALABOZO LIMITADA

RUT 76751983-4 CVE 1623623
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2019
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 14 de junio de 2019, ante mí, doña BLANCA ZULEMA PLAZA RADDATZ, don FRANCISCO VIAL VIAL y doña CATALINA VIAL PLAZA todos domiciliados en calle Raúl Labbé N°12.613, oficina 501, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de Sociedad INVERSIONES EL CALABOZO LIMITADA”. La unanimidad de los socios acordó modificar el estatuto social otorgado por escritura pública de 25 de junio del año 2018, inscrito a fojas 60.449 número 31.008, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Santiago, correspondiente al año 2018, en el sentido de reemplazar las cláusulas Séptima y Octava, relativas a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, y a la duración de la sociedad, respectivamente, por las del siguiente tenor extractado: “SÉPTIMO. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de la sociedad ADMINISTRADORA PUYEHUE LIMITADA, que actuando a través de sus representantes legales y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada.” “OCTAVO: La sociedad tendrá una duración de 40 años, contados desde la fecha de constitución, vale decir, desde el 18 de mayo del año 2017, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus prorrogas”. Capital social: $100.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de julio 2019. A. Mozó A. Notario Público.