CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO CULTURAL AURUM SpA

CVE 1623803
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2019

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será en Los Pinares de Algarrobo, Parcela 56, Los Aromos, la Provincia de San Antonio

Objeto social

El objeto de la presente sociedad será el siguiente: Crear, estudiar, estimular, promover, coordinar y difundir iniciativas destinadas al fomento del arte, cultura, ciencias y deportes, en sus diferentes manifestaciones, a través de la educación, extensión, enseñanza e investigación, tanto en su parte organizativa como promocional y de difusión. En el desarrollo del giro, podrá abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, para impartir la enseñanza no formal como también formal o regular, en sus niveles parvularia, básica y media, en todas sus modalidades educativas incluidas la humanista científico como también de formación diferenciada técnico-profesional y artística. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros, capacitaciones, realización de talleres, etc, y actividades de extensión de cualquier tipo. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que sus socios determinen de común acuerdo. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro, directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO RODRIGO CARRILLO GONZALEZ, Notario Suplente del Titular don ALVARO FRANCISCO ESTRADA ALVARADO, domicilio en calle Constitución N° 378, certifica que por escritura pública de hoy ante mí, doña MELANIE ALEJANDRA CIORBA ULLRICH, doña CLAUDIA MONTSERRAT MARTIN CHUNG, ALEX HERNAN MONTT SAAVEDRA, doña PAMELA ALEJANDRA GALLARDO FLORES, don JAVIER ENRIQUE HERNANDEZ MALIQUEO, SUSAN CAROL BERROETA GARAY, y don NICOLAS IGNACIO GARCIA PINTO, todos domiciliados para estos efectos en la provincia de San Antonio, Los Pinares de Algarrobo, Parcela 56, Los Aromos, constituyen una Sociedad por Acciones al monto de sus aportes. Razón Social: Se constituye una sociedad por acciones bajo el nombre o razón social de “CENTRO CULTURAL AURUM SPA”, pudiendo actuar también bajo el nombre de fantasía de “AURUM SPA.” Objeto: El objeto de la presente sociedad será el siguiente: Crear, estudiar, estimular, promover, coordinar y difundir iniciativas destinadas al fomento del arte, cultura, ciencias y deportes, en sus diferentes manifestaciones, a través de la educación, extensión, enseñanza e investigación, tanto en su parte organizativa como promocional y de difusión. En el desarrollo del giro, podrá abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, para impartir la enseñanza no formal como también formal o regular, en sus niveles parvularia, básica y media, en todas sus modalidades educativas incluidas la humanista científico como también de formación diferenciada técnico-profesional y artística. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros, capacitaciones, realización de talleres, etc, y actividades de extensión de cualquier tipo. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que sus socios determinen de común acuerdo. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro, directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será en Los Pinares de Algarrobo, Parcela 56, Los Aromos, la Provincia de San Antonio, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que los socios acuerden establecer, en el país o en el extranjero. Administración y uso razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Melanie Alejandra Ciorba Ullrich y a doña Claudia Montserrat Martin Chung, quienes podrán actuar, conjunta , separada o indistintamente, directamente o a través de apoderado especialmente designado por escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio, estarán investidos con las facultades y poderes establecidos en el artículo décimo primero siguiente. Sin perjuicio de los poderes especiales que pudiere otorgar para el encargo de actuaciones especiales. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $7.000.000, dividido en 70 acciones ordinarias, de igual valor, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en su totalidad por partes iguales entre los socios, a cada socio le corresponderán 10 acciones, por la suma de $1.000.000, dinero que aportan y enteran en este acto y en dinero efectivo en las arcas sociales. Duración y Disolución de Sociedad: A contar de la fecha de constitución tendrá una duración Indefinida. La sociedad se disuelve por acuerdo de los accionistas o por sentencia judicial ejecutoriada, y por las demás causales contempladas en la ley. Demás estipulaciones escritura extractada. Casablanca 10 de Julio de 2019.