MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BIG BRANDS SpA

RUT 76453876-5 CVE 1623814
Fecha instrumento
25 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2019
Repertorio
19315-2019
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, notario suplente del titular de la 36° Notaría de Santiago, don Andrés Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción N° 65, certifica: Que por instrumento privado protocolizado bajo el número de repertorio 19.315-2019, de fecha 25 de junio de 2019, ante mí, don Patricio Juan Lecaros Paul, don Rodrigo Alcalde Peñafiel y don Juan Luis Agustín Vial Marín, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad “BIG BRANDS SpA”, modificaron la sociedad inscrita a fojas 98.155, número 53.998 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, ampliando el objeto social de modo que este contemple, adicionalmente a lo estipulado en el artículo tercero de los estatutos sociales, actividades inmobiliarias e inversiones. En virtud de la antedicha ampliación de objeto, los accionistas modificaron el artículo tercero de los estatutos sociales, el que tendrá el siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) La explotación de marcas comerciales propias o de terceros en Chile o en el extranjero; b) El otorgamiento a terceros de todo tipo de licencias, representaciones, marcas comerciales de toda índole, franquicias, royalties, merchandising y cualquier otro servicio relacionado con los mencionados; c) La compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles, productos, mercaderías y cualquier otro en el marco del desarrollo del negocio de la sociedad; d) Efectuar inversiones y negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces urbanos y rurales; e) Desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, pudiendo efectuar su explotación bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, urbanizaciones, construcciones de edificios, casas, locales, estacionamientos, bodegas, oficinas o departamentos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma y, en general, desarrollar toda clase de proyectos inmobiliarios y de construcción; la construcción y edificación de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; f) Dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles, raíces, amoblados o no, administrarlos, sean dichos bienes propios o de terceros; g) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias inmobiliarias y de construcción; h) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, en especial en efectos de comercio, bonos, acciones y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, y la administración de estas inversiones y sus frutos; y i) Cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho anteriormente y cualquier otro acto afín que acordaren los accionistas.”. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones, instrumento extractado. Santiago, 5 de julio de 2019.