Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2019
- Repertorio
- 20650
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo de toda clase de consultorías de ingeniería y de obras. b) La compra, venta, importación, exportación, y distribución de todo tipo de materiales de construcción. c) En general la Sociedad podrá realizar la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirecta, con los rubros mencionados precedentemente sin limitación de ninguna especie. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades, tanto en la República de Chile como en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 9 de julio de 2019, Repertorio Nº 20.650–2019, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz; don JOSE LUIS OTERO BARCALA, constituyó una sociedad por acciones: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “VALDEVEA GESTIONES SpA.” OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo de toda clase de consultorías de ingeniería y de obras. b) La compra, venta, importación, exportación, y distribución de todo tipo de materiales de construcción. c) En general la Sociedad podrá realizar la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirecta, con los rubros mencionados precedentemente sin limitación de ninguna especie. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades, tanto en la República de Chile como en el extranjero. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de julio de 2019.