TEM CONSULTING LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2019
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 10/07/2019, Repertorio número 10.772/2019, ante mí, MARÍA HORTENCIA FLORES PERALTA, domiciliada en calle Palena N°3245, casa 11, comuna de La Florida, Región Metropolitana; MARCO ANTONIO SEPÚLVEDA VENEGAS, domiciliado en Pasaje Pargua N°8930, comuna de La Granja, Región Metropolitana; y DIEGO JESÚS FERNÁNDEZ FLORES, domiciliado en calle Palena N°3245, casa 11, comuna de La Florida, Región Metropolitana; acordaron la siguiente cesión de derechos y modificación al estatuto de la sociedad TEM CONSULTING LIMITADA, inscrita a fojas 42567 número 23354 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2016: Uno) María Hortencia Flores Peralta vendió, cedió y transfirió el 28,57% de sus derechos en la sociedad, equivalentes al 20% del total de derechos sociales, a Diego Jesús Fernández Flores, quien los compró, aceptó y adquirió en $9.000.000, declarando que $2.000.000 fueron pagados en el acto y el saldo de $7.000.000 serían pagados dentro de tres años contado desde la fecha de la escritura extractada. Dos) A raíz de la cesión de derechos y consecuente ingreso de Diego Jesús Fernández Flores como nuevo socio, se modificó la cláusula del estatuto relativa al capital, indicando que éste asciende a la suma de $1.000.000, el cual se encuentra íntegramente pagado por los socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) María Hortencia Flores Peralta ha aportado la suma de $500.000, siendo titular del 50% de los derechos sociales; b) Marco Antonio Sepúlveda Venegas ha aportado la suma de $300.000, siendo titular del 30% de los derechos sociales. c) Diego Jesús Fernández Flores ha aportado la suma de $200.000, siendo titular del 20% de los derechos sociales. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Julio 11 de 2019. nrs.