Servicios Forestales Paihuen Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2019
- Notario
- ANFION PODLECH ROMERO
- Domicilio
- Arauco
Sociedad
- Domicilio
- Comuna Arauco
- Duración
- La sociedad comenzará a contar desde fecha instrumento se extracta y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y automáticamente por iguales períodos, salvo que cualquiera de los socios manifieste su decisión de ponerle fin, forma indicada escritura se extracta
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios forestales en general, incluyendo la compra, venta, arrendamiento, comercialización, distribución, importación, explotación, exportación y transporte, sea por cuenta propia o ajena, por consignación, comisión o representación, de toda clases de bienes, entre ellos sin que implique una enumeración taxativa, de bosques, maderas, astillas, carbón, maquinarias e insumos forestales y sus repuestos; y en general la prestación de cualquier servicios forestales y agrícolas, ya sea en el país y)o el extranjero, y toda otra actividad relacionada directa e indirectamente, y de cualquier forma con el giro de la sociedad, o bien para su complemento, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, sin que para ello sea necesario reformar o modificar el presente contrato social, comprendiendo además el asesoramiento, digitación, capacitación, cosechas forestales, repartición de agua purificada, venta de lubricantes y sus derivados, venta de implementos de seguridad, arriendo de maquinarias y equipos
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Óscar Andrés Vidal Soto, quien podrá actuar con todas las facultades de administración y disposición, salvo las limitaciones de que da cuenta la cláusula cuarta escritura se extracta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANFION PODLECH ROMERO, Notario Público Arauco, Cochrane 337, CERTIFICA: Por escritura pública ante mí 10 julio 2019, ÓSCAR ANDRÉS VIDAL SOTO, domiciliado en calle Bandera número mil cuatrocientos, departamento novecientos doce, Concepción, JUAN ANTONIO VIDAL ZENTENO, domiciliado en calle Las Tórtolas número trescientos veintiuno, Arauco; y VIRGINIA DEL PILAR FLORES SÁEZ, domiciliada en Villa don Carlos, calle Volcán Llaima número seiscientos catorce, Arauco, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada Ley Número tres mil novecientos dieciocho. RAZÓN SOCIAL: “Servicios Forestales Paihuen Limitada”, nombre fantasía “Paihuen Ltda”. DOMICILIO: Comuna Arauco. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios forestales en general, incluyendo la compra, venta, arrendamiento, comercialización, distribución, importación, explotación, exportación y transporte, sea por cuenta propia o ajena, por consignación, comisión o representación, de toda clases de bienes, entre ellos sin que implique una enumeración taxativa, de bosques, maderas, astillas, carbón, maquinarias e insumos forestales y sus repuestos; y en general la prestación de cualquier servicios forestales y agrícolas, ya sea en el país y/o el extranjero, y toda otra actividad relacionada directa e indirectamente, y de cualquier forma con el giro de la sociedad, o bien para su complemento, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, sin que para ello sea necesario reformar o modificar el presente contrato social, comprendiendo además el asesoramiento, digitación, capacitación, cosechas forestales, repartición de agua purificada, venta de lubricantes y sus derivados, venta de implementos de seguridad, arriendo de maquinarias y equipos.- ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Óscar Andrés Vidal Soto, quien podrá actuar con todas las facultades de administración y disposición, salvo las limitaciones de que da cuenta la cláusula cuarta escritura se extracta.- CAPITAL: SEIS MILLONES DE PESOS, que se entera en dinero efectivo a las arcas de la sociedad, mediante el pago efectuado con anterioridad a acto, el cual es aportado por cada socio en partes iguales, esto, aportando cada socio la suma de dos millones de pesos.- RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- DURACIÓN: La sociedad comenzará a contar desde fecha instrumento se extracta y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y automáticamente por iguales períodos, salvo que cualquiera de los socios manifieste su decisión de ponerle fin, forma indicada escritura se extracta. Demás estipulaciones escritura se extracta.- Arauco, 12 de julio de 2019.-