Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2019
- Notario
- CLAUDIO ERNESTO VILA BUSTILLOS
- Oficio
- Titular CARLOS ERNESTO VILA MOLINA de la 4ta. Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra, venta, producción, comercialización, transformación, importación y exportación de todo tipo de bienes, sean corporales, incorporales, muebles e inmuebles, productos del mar, pescados, mariscos y sus derivados, al por mayor o al detalle; el transporte de todo tipo de mercaderías, sea terrestre, marítimo o aéreo, en vehículos propios o de terceros; la compra, venta, arrendamiento, comercialización, importación, exportación, reexportación o reexpedición de vehículos, repuestos, partes o piezas automotrices, sean nuevos o usados, incluyéndose todo tipo de labores de mecánica y pintura automotriz; la inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, derechos, depósitos, fondos mutuos, efectos de comercio y cualquier otra clase de instrumentos financieros; la inversión en sociedades de cualquier clase y naturaleza, pudiendo constituirlas o ingresar a otras ya constituidas, asumir su representación, modificarlas, disolverlas, fusionarlas, dividirlas o transformarlas, incluyéndose la inversión en comunidades, cooperativas, asociaciones sin personalidad jurídica y cualquier otra; la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil, y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos, prestación de servicios de consultarías, asesorías e intermediaciones en todo tipo de materias y todo cuanto pueda relacionarse directa e indirectamente con las actividades principales y conexas de la sociedad que por este acto se constituye. Al efecto, la sociedad podrá actuar bajo el amparo del sistema especial de zona franca de Iquique, Punta Arenas u otros regímenes aduaneros especiales, pudiendo adquirir la calidad de usuario de tales sistemas, como asimismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la República de Chile
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ERNESTO VILA BUSTILLOS, abogado, Notario Público Suplente del Titular CARLOS ERNESTO VILA MOLINA de la 4ta. Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº525, certifico: que por escritura pública hoy ante mí, señores: RONALD ROBERT GUERRERO ARAYA y MICHAEL ALBERTO GUERRERO ARAYA, ambos Av. San Antonio, Sitio 18, Chanavayita, Iquique; constituyen Sociedad por Acciones con las siguientes estipulaciones: Razón Social: KRK SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta, producción, comercialización, transformación, importación y exportación de todo tipo de bienes, sean corporales, incorporales, muebles e inmuebles, productos del mar, pescados, mariscos y sus derivados, al por mayor o al detalle; el transporte de todo tipo de mercaderías, sea terrestre, marítimo o aéreo, en vehículos propios o de terceros; la compra, venta, arrendamiento, comercialización, importación, exportación, reexportación o reexpedición de vehículos, repuestos, partes o piezas automotrices, sean nuevos o usados, incluyéndose todo tipo de labores de mecánica y pintura automotriz; la inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, derechos, depósitos, fondos mutuos, efectos de comercio y cualquier otra clase de instrumentos financieros; la inversión en sociedades de cualquier clase y naturaleza, pudiendo constituirlas o ingresar a otras ya constituidas, asumir su representación, modificarlas, disolverlas, fusionarlas, dividirlas o transformarlas, incluyéndose la inversión en comunidades, cooperativas, asociaciones sin personalidad jurídica y cualquier otra; la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil, y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos, prestación de servicios de consultarías, asesorías e intermediaciones en todo tipo de materias y todo cuanto pueda relacionarse directa e indirectamente con las actividades principales y conexas de la sociedad que por este acto se constituye. Al efecto, la sociedad podrá actuar bajo el amparo del sistema especial de zona franca de Iquique, Punta Arenas u otros regímenes aduaneros especiales, pudiendo adquirir la calidad de usuario de tales sistemas, como asimismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la República de Chile. Capital: $20.000.000 dividido en 20.000 acciones nominativas, todas sin valor nominal, a un valor de suscripción de $1.000 por acción, y aportados por los accionistas en este acto, al contado y en dinero efectivo. Por consiguiente capital se encuentra suscrito y pagado en 100%.- Demás estipulaciones escritura extractada.- IQUIQUE, 15 Julio 2019.