CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y ASESORÍAS NUEVA TURATE SpA

RUT 76396210-5 CVE 1622807
Capital
$236.088.231 CLP
Fecha instrumento
4 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de julio de 2019
Notario
Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$236.088.231 CLP

Objeto social

a) La realización de inversiones, las que constituirán su giro principal, comprendiéndose dentro de este giro la creación, administración y ejercicio de concesiones, arrendamientos y subarrendamientos de bienes raíces en general; y b) Podrá, asimismo, realizar inversiones en valores mobiliarios, derechos, acciones y participación en sociedades

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS E INVERSIONES TURATE LIMITADA socio 76396210-5 Lo Barnechea, Metropolitana

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que mediante escritura pública de fecha 4 de julio de 2019, otorgada ante mí, compareció ASESORÍAS E INVERSIONES TURATE LIMITADA, RUT: 76.396.210-5, con domicilio en Avenida La Dehesa Nº181, oficina 905, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y constituyó sociedad por acciones denominada “INVERSIONES Y ASESORÍAS NUEVA TURATE SPA”, la que se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: “NOMBRE: “INVERSIONES Y ASESORÍAS NUEVA TURATE SPA”. OBJETO: a) La realización de inversiones, las que constituirán su giro principal, comprendiéndose dentro de este giro la creación, administración y ejercicio de concesiones, arrendamientos y subarrendamientos de bienes raíces en general; y b) Podrá, asimismo, realizar inversiones en valores mobiliarios, derechos, acciones y participación en sociedades. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $236.088.231, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscrito y pagado de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Julio de 2019.