INMOBILIARIA NÁJERA DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $219.505.520 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público Interino de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha de 19 de junio de 2019 ante mí, Don EDMUNDO ANTONIO GARRIDO ALARCÓN, cédula de identidad N ° 8.826.795-8, por sí y en representación de la sociedad “ASESORÍAS EN INGENIERÍA, FINANCIERAS Y ECONÓMICAS NÁJERA LIMITADA”, RUT: 78.130.170-1, ambos con domicilio en El Trovador N°4280, Oficina 815, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ambos únicos y actuales socios de la sociedad “INMOBILIARIA NÁJERA DOS LIMITADA”, RUT: 78.210.530-2, inscrita a fojas 7.092 número 3.471 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1992, dieron cuenta de la disolución de la sociedad “Inversiones Cantabria Limitada”, que poseía el 90% de los derechos sociales, por haber transcurrido el término para su duración, con fecha 07 de diciembre de 2018, y de su posterior liquidación y adjudicación, por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2019, otorgada en la 27° Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha, mediante la cual don Edmundo Antonio Garrido Alarcón se adjudicó el 90% de los derechos sociales de “Inmobiliaria Nájera Dos Limitada”. En razón de ello acordaron: A) Modificar la Cláusula Sexta relativa al capital social, quedando del siguiente tenor: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $219.505.520 pesos, que ha sido aportado de la siguiente forma: a) El socio don Edmundo Antonio Garrido Alarcón aportó la suma de $197.554.968 pesos, equivalente al 90% de los derechos sociales; y b) La sociedad “Asesorías en Ingeniería, Financieras y Económicas Nájera Limitada” aportó la suma de $21.950.552 pesos, equivalente al 10% de los derechos sociales”. B) Modificar la Cláusula Quinta relativa a la administración y uso de la razón social, señalando que correspondería al socio don EDMUNDO ANTONIO GARRIDO ALARCÓN, con amplias facultades de administración y disposición de bienes, y en caso de fallecimiento la sociedad será administrada por doña OFELIA SALOMÉ DEL CARMEN ALARCÓN JIMÉNEZ, con las mismas facultades señaladas precedentemente.. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 05 de julio de 2019.