CARNICERÍA LA PRINCIPAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2019
- Repertorio
- 20691
- Notario
- ANDRES RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años desde la fecha de la escritura extractada, entendiéndose renovada en forma tácita y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, según cláusula de prórroga
Objeto social
La sociedad tiene por objeto el siguiente: a) Carnicería; b) Minimarket, supermercado y)o hipermercado; c) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, producción, elaboración, subarrendamiento, representación, permuta, distribución, envasado, empaquetado, importación y exportación, al por menor y)o al por mayor, de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles e inmuebles, especialmente, y sin que signifique restricción alguna, de todo tipo de alimentos y bebestibles, tales como carnes, embutidos, cecinas, fiambres, entre otros, así como todo tipo de maquinaria, materiales, productos, artículos, equipos y accesorios de todo tipo, necesarios para el desarrollo de la empresa, así como todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente con el objetivo social; d) Asesorías, consultorías, capacitaciones, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con el desarrollo de programas de capacitación y)o educativos, particularmente y sin que signifique restricción alguna, en las áreas de alimentos, alimentación, producción de carnes y embutidos, entre otros, así como todo aquello que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes descrito, o el que eventualmente resuelvan realizar los socios; e) Representación y franquicias de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo del objeto de la empresa, y en general, todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con el objetivo social; f) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; g) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los socios destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: por Escritura Pública de fecha 10 de julio de 2019, Repertorio Nº 20.691, ante mí: don ALEJANDRO AMADOR PEÑA VALENZUELA, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad número 5.321.095-3, doña SYLVIA BERTA ORDENES AGUILAR, chilena, casada, comerciante, cédula de identidad número 5.892.229-3; y doña TERESA VICTORIA PEÑA ORDENES, chilena, soltera, ingeniera en marketing, cédula de identidad número 18.024.190-6; todos ellos domiciliados en Arcángel 1211, departamento 1407, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos extracto. RAZÓN SOCIAL: “CARNICERÍA LA PRINCIPAL LIMITADA” pudiendo usar como nombre de fantasía ante los bancos y demás personas naturales o jurídicas, la denominación “CARNES LA PRINCIPAL LTDA” para fines comerciales, financieros y de publicidad. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. OBJETO: La sociedad tiene por objeto el siguiente: a) Carnicería; b) Minimarket, supermercado y/o hipermercado; c) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, producción, elaboración, subarrendamiento, representación, permuta, distribución, envasado, empaquetado, importación y exportación, al por menor y/o al por mayor, de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles e inmuebles, especialmente, y sin que signifique restricción alguna, de todo tipo de alimentos y bebestibles, tales como carnes, embutidos, cecinas, fiambres, entre otros, así como todo tipo de maquinaria, materiales, productos, artículos, equipos y accesorios de todo tipo, necesarios para el desarrollo de la empresa, así como todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente con el objetivo social; d) Asesorías, consultorías, capacitaciones, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con el desarrollo de programas de capacitación y/o educativos, particularmente y sin que signifique restricción alguna, en las áreas de alimentos, alimentación, producción de carnes y embutidos, entre otros, así como todo aquello que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes descrito, o el que eventualmente resuelvan realizar los socios; e) Representación y franquicias de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo del objeto de la empresa, y en general, todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con el objetivo social; f) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; g) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los socios destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito. CAPITAL: $5.000.000 íntegramente aportado, pagado y enterado en el acto de constitución de la sociedad en las siguientes proporciones: 1) ALEJANDRO AMADOR PEÑA VALENZUELA aporta la suma de un $1.666.667.- equivalentes al 33,3% del capital social, que entera en este acto, al contado, en dinero efectivo que se ingresan a la caja social; 2) doña SYLVIA BERTA ORDENES AGUILAR, aporta la suma de $1.666.667.- equivalentes al 33,3% del capital social del capital social, que paga en este acto, al contado, en dinero efectivo que se ingresan a la caja social; 3) TERESA VICTORIA PEÑA ORDENES aporta la suma de $1.666.666.- equivalentes al 33,3% del capital social, que paga en este acto, al contado, en dinero efectivo que se ingresan a la caja social. RESPONSABILIDAD SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá indistintamente a don ALEJANDRO AMADOR PEÑA VALENZUELA, a doña SYLVIA BERTA ORDENES AGUILAR y a doña TERESA VICTORIA PEÑA ORDENES, con las facultades señaladas en la escritura extractada. DURACIÓN: 5 años desde la fecha de la escritura extractada, entendiéndose renovada en forma tácita y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, según cláusula de prórroga. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de julio de 2019.-