MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VENTANAS DEL SUR LIMITADA

RUT 76885561-7 CVE 1622442
Fecha instrumento
10 de junio de 2019

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2019
Repertorio
3127-19
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
con oficio en calle Antonio Varas N° 979

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco: CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 10 de junio de 2019, Repertorio N°3127-19, otorgada ante mí, doña CARMEN GLORIA ALARCÓN VIDAL, domiciliada en calle Cacique Licanqueo número 01480, Temuco; don VICENTE IGNACIO MARCHANT CORDERO, domiciliado en Martín Lutero número 02145, departamento 504, Temuco; doña CATALINA MARTINA PINO ALARCÓN, domiciliada en calle Cacique Licanqueo número 01480, Temuco; don GONZALO ANDRÉS PEÑA MARCHANT, domiciliado en Arturo Prat número 620, oficina 601, Temuco; y doña ADRIANA DEL CARMEN MARCHANT BARKI, domiciliada en avenida Los Estudiantes número 02739, Temuco; modificaron "VENTANAS DEL SUR LIMITADA” o “VENTANAS DEL SUR” y/o “VENTANAS DEL SUR LTDA.”, RUT 76.885.561-7, en el siguiente sentido: Uno) Gonzalo Andrés Peña Marchant, con consentimiento expreso de Carmen Gloria Alarcón Vidal, Vicente Ignacio Marchant Cordero y Catalina Martina Pino Alarcón, vende, cede y transfiere la totalidad de su treinta por ciento de derechos en la sociedad Ventanas del Sur Limitada, a doña Adriana del Carmen Marchant Barki, quien los compra, acepta y adquiere para sí; precio de cesión y venta es cuarenta millones de pesos, que compradora y cesionaria paga en el acto de suscripción de escritura; la cesión comprende todos los derechos que corresponde a cedente en la sociedad en razón de su calidad de socio, la parte proporcional de los cedentes en las cuotas de capital, el mayor valor de los aportes de capital, los fondos de revalorización del capital propio si es que hubiere, los saldos en cuentas corrientes, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que corresponde al cedente en el haber social. Dos); Quedan como únicos socios de "VENTANAS DEL SUR LIMITADA” o “VENTANAS DEL SUR” y/o “VENTANAS DEL SUR LTDA.”, Carmen Gloria Alarcón Vidal con treinta por ciento de derechos sociales, Vicente Ignacio Marchant Cordero con treinta por ciento de derechos sociales, Catalina Martina Pino Alarcón con diez por ciento de derechos sociales, y Adriana del Carmen Marchant Barki con treinta por ciento de derechos sociales, todo en cuanto a capital, utilidades, perdidas e ingresos proporcionales acumulados, en su caso. Los socios de sociedad, incluyendo a la nueva socia Adriana del Carmen Marchant Barki, continúan limitando su responsabilidad personal por negocios sociales al monto de sus respectivos aportes, declarando que aporte de la socia Adriana del Carmen Marchant Barki, corresponde a diecisiete millones cien mil pesos, al haberse incluido en la cesión la parte proporcional del cedente en la cuota de capital. Tres) Conforme nueva participación de socios, se modifica la cláusula cuarta del pacto social, sólo en el sentido que la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán conjuntamente a socios Carmen Gloria Alarcón Vidal, Vicente Ignacio Marchant Cordero y Adriana del Carmen Marchant Barki, todo con mismas facultades indicadas en cláusula cuarta referida. En todo lo no modificado rige estipulaciones de pacto social original y de lo obrado en la escritura pública de modificación de sociedad de veintiuno de junio de dos mil dieciocho, suscrita ante la Notario de Temuco doña Sylvana Riquelme Soto, suplente de la titular doña Esmirna Vidal Moraga, repertorio número dos mil ochocientos quince guion dieciocho. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 12 de Julio de 2019.