CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PATAGONIA SpA

RUT 6595277-7 CVE 1622305
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2019
Repertorio
20585-2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en designar como administradores de la sociedad a don ANUAR ROBERTO KHALILIYEH KHAMIS y a don NICOLÁS KHALILIYEH YARUR, quienes actuando indistinta y separadamente contaran con todas las facultades establecidas en la cláusula decimosegunda de los estatutos sociales. Quien administre y use la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36 Notaría Santiago, domiciliado en La Concepción 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico Que por escritura pública de fecha 9 de Julio de 2019, Repertorio N° 20.585-2019, ante la Notario Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, Don ANUAR ROBERTO KHALILIYEH KHAMIS, cédula nacional de identidad número 6.595.277-7; con domicilio en calle Cerro el Altar N°11.298, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don NICOLÁS KHALILIYEH YARUR, cédula nacional de identidad número 16.370.455-2; con domicilio en calle Los Laureles N°1110, departamento 401, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones bajo la razón social, “PATAGONIA SpA.”. Capital. El capital social es la suma de $100.000.000, dividido en cien mil acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, el cual deberá pagarse en un plazo no superior a cinco años. Administración. La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en designar como administradores de la sociedad a don ANUAR ROBERTO KHALILIYEH KHAMIS y a don NICOLÁS KHALILIYEH YARUR, quienes actuando indistinta y separadamente contaran con todas las facultades establecidas en la cláusula decimosegunda de los estatutos sociales. Quien administre y use la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad de los accionistas. Responsabilidad personal de los socios limitase a respectivos aportes. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: A) La inversión, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; B) el desarrollo, en Chile o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial en adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o en general, explotarlos a cualquier título, todo ello por cuenta propia o de terceros; C) La inversión sobre toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas y realizar todo otro tipo de negocios y/o actividades de carácter civil permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí, que los socios puedan acordar. D) La prestación de servicios de corredor de propiedades, consistentes en la mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventa, permuta, arriendos y tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos y en general ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de bienes raíces; E) Prestación de todo tipo de asesorías inmobiliarias, ya sean comerciales, financieras o jurídicas, que permitan facilitar la celebración de contratos y acuerdos comerciales, la evaluación y desarrollo de proyectos inmobiliarios, estudios de títulos, revisión y confección de contratos y todo tipo de gestiones ligadas directa o indirectamente al corretaje de propiedades y a la gestión inmobiliaria; F) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas. G) La compra y venta, al por mayor o por menor, distribución, adquisición, enajenación, exportación, importación, comercialización, permuta, confección y fabricación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles. H) En general, realizar toda actividad o negocios relacionados con las anteriores y que fijen los socios de común acuerdo. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Duración. La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Domicilio. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de Julio de 2019.