MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CAMPOS PATAGÓNICOS SpA

RUT 76730318-1 CVE 1622134
Fecha instrumento
3 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2019
Repertorio
13310-2019
Notario
Eduardo Javier Diez Morello
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

a) la inversión en toda clase de bienes inmuebles, pudiendo realizar en ellos subdivisiones, fusiones y loteos, administrarlos y explotarlos con fines agrícolas y ganaderos, habitacionales, turísticos o cualquier otro que acuerden los accionistas; b) la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio y demás bienes muebles incorporales; c) el desarrollo y explotación de actividades turísticas tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo realizar actividades como operador turístico o agente de viajes y turismo y prestar servicios en el área de turismo y recreación en general, pudiendo ofrecer los servicios de excursiones y turismo aventura y los servicios de hospedaje y alojamiento; d) la inversión en materia de infraestructura turística y de transporte turístico y la prestación de servicios relacionados con el traslado y desplazamiento del turista a nivel nacional o internacional, por vía marítima o terrestre; e) prestación de servicios gastronómicos, catering y servicios de banquetes, y f) en general, ejecutar todos los actos y contratos que sean lícito comercio. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas sobre cualquier clase de bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad.” En todo lo no modificado se mantienen vigentes las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico: por escritura pública con fecha 3 de julio de 2019, repertorio N° 13.310-2019, ante mí, se redujo la escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de CAMPOS PATAGÓNICOS SpA, en adelante la “Sociedad”, celebrada con fecha 18 de junio de 2019, también ante mí, en la que por unanimidad de los accionistas se acordó: Modificar el objeto de la Sociedad y reformar el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes inmuebles, pudiendo realizar en ellos subdivisiones, fusiones y loteos, administrarlos y explotarlos con fines agrícolas y ganaderos, habitacionales, turísticos o cualquier otro que acuerden los accionistas; b) la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio y demás bienes muebles incorporales; c) el desarrollo y explotación de actividades turísticas tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo realizar actividades como operador turístico o agente de viajes y turismo y prestar servicios en el área de turismo y recreación en general, pudiendo ofrecer los servicios de excursiones y turismo aventura y los servicios de hospedaje y alojamiento; d) la inversión en materia de infraestructura turística y de transporte turístico y la prestación de servicios relacionados con el traslado y desplazamiento del turista a nivel nacional o internacional, por vía marítima o terrestre; e) prestación de servicios gastronómicos, catering y servicios de banquetes, y f) en general, ejecutar todos los actos y contratos que sean lícito comercio. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas sobre cualquier clase de bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad.” En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.- Santiago, 08 de julio de 2019.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público titular.