SOCIEDAD SERVICIOS DEL VALLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de julio de 2019
- Notario
- Vicente Sánchez Cuesta
- Domicilio
- Ligua
Sociedad
- N. fantasía
- sustituir la razón social por “SOCIEDAD SERVICIOS DEL VALLE LIMITADA”, pudiendo abreviarse, incluso ante bancos, como “SOCIEDAD SERVICIOS DEL VALLE LTDA.”; y Dos) AUMENTO DE
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40048 del 2 de septiembre de 2015
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVicente Sánchez Cuesta, Notario Público de La Ligua, con oficio en calle Ortíz de Rozas N° 836, La Ligua, certifica: por escritura pública de fecha 4 julio 2019, ante mí, ROMILIO DEL CARMEN OYANEDEL CANEO, con domicilio en calle Veintiuno de Mayo sin número, Artificio, comuna Cabildo y CAMILO ENRIQUE OYANEDEL FIGUEROA, domiciliado Avenida Chile número cien, departamento Once, Torre C, Viña del Mar, modificaron sociedad “OYANEDEL & OYANEDEL LIMITADA”, nombre de fantasía “O & O LTDA”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos mil cincuenta y dos guión uno, constituída mediante escritura pública de fecha 28 agosto 2015, otorgada ante Notario de Viña del Mar Eugenio Gaete González, inscrita a fojas ciento treinta y seis, número ciento seis Registro de Comercio año dos mil quince, Conservador La Ligua y publicada en Diario Oficial número cuarenta y un mil doscientos cuarenta y ocho de fecha dos de septiembre de dos mil quince. Por escritura que extracto, socios acordaron introducir las siguientes modificaciones al pacto social constitutivo: Uno) RAZON SOCIAL Y NOMBRE DE FANTASIA: sustituir la razón social por “SOCIEDAD SERVICIOS DEL VALLE LIMITADA”, pudiendo abreviarse, incluso ante bancos, como “SOCIEDAD SERVICIOS DEL VALLE LTDA.”; y Dos) AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL: aumentar el capital social a CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, mediante aportes que realizarán los socios de la siguiente forma: a) Romilio del Carmen Oyanedel Caneo, veinticinco millones de pesos, que se enterarán, en dinero efectivo, a medida que las necesidades sociales lo requieran, en el plazo de un año, a contar de la fecha de la escritura extractada y b) Camilo Enrique Oyanedel Figueroa, veinticinco millones de pesos, que se enterarán, en dinero efectivo a medida que las necesidades sociales lo requieran, en el plazo de un año, a contar de la fecha de la escritura extractada.- En todo lo no modificado, se mantienen vigentes estipulaciones pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Ligua, 10 julio año 2019.