SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN MIGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2009
- Notario
- Elena Leyton Carvajal
- Oficio
- Tercera Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Administración
y el uso de la razón social corresponderá en forma individual, separada e indistintamente a uno cualquiera de los socios doña SHEILA JANET BLACK YUNG o don MANUEL ENRIQUE RENCORET RÍOS, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán con las facultades propias de un factor de comercio y en general dispondrán de las más amplias facultades relacionadas en instrumento indicado al comienzo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalElena Leyton Carvajal, abogado, Notario Publico, titular Tercera Notaría de La Serena, Cordovez 317, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña SHEILA JANET BLACK YUNG, Avda. Pacifico nº 4891, dpto. 1006, La Serena; don MANUEL ENRIQUE RENCORET RÍOS, Avda. Pacifico nº 4891, dpto. 1006, La Serena; don RAIMUNDO RENCORET RIOS, Avda. del Atardecer nº 4376, Coquimbo, y doña MARTA ROSWITHA TALADRIZ TOPP, Avda. del Atardecer nº 4376, Coquimbo, modifican sociedad SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN MIGA LIMITADA, constituida el 17-03-2009, otorgada en esta notaria, extracto inscrito a fjs. 246 vta nº 140 Registro Comercio La Serena y publicada en D.Of. nº 39.324, de 28-03-2009. Fue modificada el 10-12-2013 ante Notario de La Serena don Oscar Fernández Mora, extracto inscrito a fjs. 140 nº 61 del Registro Comercio de La Serena del 2014 y publicada en D.Of. nº 40.765, de 24-01-2014. El porcentaje de participación se distribuye: a) doña Sheila Janet Black Yung, 45% b) don Manuel Enrique Rencoret Rios, 5%; c) don Raimundo Rencoret Ríos, 5% y d) doña Marta Roswitha Taladriz Topp, 45%. El capital es de $5.000.000 totalmente pagado. Por instrumento citado al comienzo, se modifica: 1.- don RAIMUNDO RENCORET RIOS, titular del 5% de los derechos sociales, los vende, cede y transfiere a don MANUEL ENRIQUE RENCORET RIOS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio cesión $3.333.333, que el cesionario paga en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a entera conformidad. 2.- doña MARTA ROSWITHA TALADRIZ TOPP, titular del 45% de los derechos sociales, los vende, cede y transfiere a doña SHEILA JANET BLACK YUNG, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio cesión $30.000.000, que la cesionaria paga en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlo a entera conformidad. En mérito de cesiones se retiran de la compañía don Raimundo Rencoret Ríos y doña Marta Roswitha Taladríz Topp, resultando la siguiente participación societaria: doña Sheila Janet Black Yung con 90% y don Manuel Enrique Rencoret Ríos, con 10%. Además modifican: Administración: y el uso de la razón social corresponderá en forma individual, separada e indistintamente a uno cualquiera de los socios doña SHEILA JANET BLACK YUNG o don MANUEL ENRIQUE RENCORET RÍOS, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán con las facultades propias de un factor de comercio y en general dispondrán de las más amplias facultades relacionadas en instrumento indicado al comienzo. Capital: es de $5.000.000, ha sido pagado y enterado por los socios, siguiente forma: a.- doña SHEILA JANET BLACK YUNG: $4.500.000, correspondiente al 90% de los derechos sociales, pagado e ingresado en dinero efectivo a la caja social, y b.- don MANUEL ENRIQUE RENCORET RIOS: $500.000, correspondiente al 10% de los derechos sociales, pagado e ingresado en dinero efectivo a la caja social. Utilidades y pérdidas futuras: se distribuirán: 90% para doña SHEILA JANET BLACK YUNG y 10% para don MANUEL ENRIQUE RENCORET RIOS. Igual porcentaje o cuota de participación tendrán en el capital e interés societario. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 03 Julio 2019.-