IMPORTADORA HANDICRAFT GALLERIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2019
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, comuna de Santiago; certifico: por escritura pública de fecha 09 de julio de 2019, ante mí, doña MARIA DE LOURDES IZQUIERDO RAMÍREZ, CRISTIAN DANIEL IZQUIERDO RAMÍREZ, CARLOS ANIBAL IZQUIERDO RAMÍREZ y don CRISTIAN RAFAEL IZQUIERDO VIAL, actuales y únicos socios de la sociedad IMPORTADORA HANDICRAFT GALLERIA LIMITADA, Rol único Tributario número 76.434.638-6, todos domiciliados para estos efectos en Andes Nº 2855, comuna de Santiago, todos los comparecientes mayores de edad; modificaron la Sociedad IMPORTADORA HANDICRAFT GALLERIA LIMITADA, inscrita a fojas 15.168, Nº 9.294 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015.-MODIFICACIÓN.- Uno) Cesión de Derechos.- a) doña María de Lourdes Izquierdo Ramírez, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales a don Carlos Aníbal Izquierdo Ramírez quien compra, acepta y adquiere para sí tales derechos. El precio de la venta, cesión y transferencia de los derechos que se ceden es la suma de $12.500.000.- pesos, los cuales se pagaran en 5 cuotas mensuales de $2.500.000.- pesos, reajustadas según la variación del IPC entre la fecha de esta escritura y la fecha del pago efectivo. b) doña María de Lourdes Izquierdo Ramírez, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales a don Cristian Rafael Izquierdo Vial, quien compra, acepta y adquiere para sí tales derechos. El precio de la venta, cesión y transferencia de los derechos que se ceden es la suma de $12.500.000.- pesos. El pago de los derechos se pagara en 5 cuotas mensuales de $2.500.000.- c) Como consecuencia de las cesiones anteriores, el interés social de la sociedad IMPORTADORA HANDICRAFT GALLERIA LIMITADA queda conformado de la siguiente forma: a) doña María de Lourdes Izquierdo con un 50% de los derechos sociales. b) don Cristian Daniel Izquierdo Ramírez con un 40% de los derechos sociales. c) don Carlos Aníbal Izquierdo Ramírez con un 5% de los derechos sociales, y d) don Cristian Rafael Izquierdo Vial con un 5% de los derechos sociales.- Dos) Modificación y reemplazo cláusula de capital de la sociedad. Se modifica la cláusula referida al capital de la sociedad, en el siguiente sentido: “QUINTO: El capital de la sociedad es de ochenta millones de pesos que los socios han aportado en las siguientes proporciones: María de Lourdes Izquierdo Ramírez: cincuenta por ciento; Cristian Daniel Izquierdo Ramírez: cuarenta por ciento; Carlos Aníbal Izquierdo Ramírez: cinco por ciento; y Cristian Rafael Izquierdo Vial: un cinco por ciento. El capital se encuentra enteramente pagado y aportado a la caja social. La participación en las utilidades de la Sociedad será de un veinticinco por ciento para cada socio”.- En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de julio de 2019.