COMERCIAL LT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de julio de 2019
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $68.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 05/07/2019, REPERTORIO 10296 / 2019, JAIME TORIBIO GERMÁN RIESCO LARRAÍN, SOCIEDAD AGRÍCOLA RECOLETA LIMITADA, ambos domiciliados en El Salto 3.810, Huechuraba, Santiago; GERMÁN ALBERTO TORIBIO LARRAÍN RIESCO, MANUEL LUÍS LARRAÍN RIESCO, SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS TILOS LIMITADA, domiciliados en Fundo Los Tilos, comuna de Bulnes; INVERSIONES SANTA ANA LIMITADA, e, INVERSIONES MANGAN LIMITADA, domiciliadas en San Sebastián 2953, departamento 51, Las Condes, Santiago, modifican sociedad COMERCIAL LT LIMITADA, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas quince mil cuatrocientos sesenta y nueve número siete mil setecientos, del año mil novecientos noventa y uno, siguiente sentido: Sociedad Agrícola Los Tilos Limitada, vende, cede y transfiere a Sociedad Agrícola Recoleta Limitada, el 0,1 por ciento de los derechos sociales; a la sociedad Inversiones Santa Ana Limitada, el 0,1 por ciento de los derechos sociales; y a la sociedad Inversiones Mangan Limitada, el 0,1 por ciento de los derechos sociales. En virtud de la Cesión de Derechos, acuerdan reemplazar el Artículo Séptimo, referido al capital social, en cuanto a que el capital social es $68.000.000.-, íntegramente aportado y pagado. Los socios participan del capital: a) Germán Alberto Toribio Larraín Riesco con un 2,35%; b) Jaime Toribio Germán Riesco Larraín con un 2,35 %; c) Manuel Luis Larraín Riesco con un 2,35 %; d) Sociedad Agrícola Recoleta Limitada con un 30,98 %; e) Inversiones Santa Ana Limitada con un 30,98 %; y f) Inversiones Mangan Limitada con un 30,98 %. En todo lo no modificado, rige estatuto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. PAM.